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MACIEL, LAUTARO NEHUEN c/ RIZZARDI, ROBERTO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito que reclamó $60.304.313 y otras partidas. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda en todo cuanto decide y fue objeto de agravios, imponiendo las costas de Alzada a los emplazados.

Accidente de transito Danos y perjuicios Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Costas de alzada Confirmacion de sentencia Seguro Ruta nacional 8.


¿Quién es el actor?

Lautaro Nehuen Maciel.
- Demandados: Roberto Rizzardi y Alina Rodríguez; citada en garantía: Orbis Compañía Argentina de Seguros.
- Objeto de la demanda: reclamación de indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 28/03/2018; se reclamaron partidas por incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos, daño material, privación de uso, más intereses y costas (cuantía principal en la sentencia de grado: $60.304.313).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala A, confirmó la sentencia apelada en todo cuanto decide y fue objeto de agravios. Asimismo, impuso las costas de Alzada a los emplazados.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes): 1) "La sentencia dictada el día 26 de junio de 2025 hizo lugar a la demanda entablada por Lautaro Nehuen Maciel y, en consecuencia, condenó a Roberto Rizzardi y Alina Rodríguez a abonar al actor la suma total de Pesos Sesenta Millones Trescientos Cuatro Mil Trescientos Trece ($60.304.313) con más los intereses y las costas del proceso. Asimismo, hizo extensiva la condena a la citada en garantía Orbis Compañía Argentina de Seguros, en los términos del artículo 118 de la Ley 17.418.-" (voto del Dr. Li Rosi, I). 2) "Por tal razón, no puede prosperar el argumento de los recurrentes en cuanto sostienen que no fue posible determinar cuál de los vehículos intervinientes atravesó el cruce con señal semafórica prohibitiva... conforme la propia mecánica del siniestro descripta por los emplazados, el conductor efectuó una maniobra antirreglamentaria al incorporarse a la calle Río Pilcomayo, circunstancia que guarda adecuada relación causal con la producción del accidente objeto de autos." (voto del Dr. Li Rosi). 3) "Se confirma la sentencia apelada en todo cuanto decide y fue objeto de agravios. Las costas de Alzada se imponen a los emplazados por haber resultado sustancialmente vencidos (art. 68 del Código Procesal)." (parte resolutiva final).
- Disidencia: el acta de firma consignó una disidencia parcial del Dr. Ricardo Li Rosi en su firma, pero el acuerdo mayoritario plasmó la confirmación íntegra de la sentencia apelada conforme al bloque dispositivo transcripto.

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