Incidente Nº 4 - DENUNCIADO: MARTINEZ GONZALEZ, LUCIANA YASMIN s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Incidente por audiencia de acuerdo pleno para homologación de pacto en causa por estupefacientes; el juez homologó el acuerdo y condenó a la imputada a 3 años de prisión en ejecución condicional, multa y reglas de conducta por suministro gratuito de estupefacientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representante del Fiscal interviniente).
Demandado: Luciana Yasmín MARTÍNEZ (titular del DNI N°45.715.493).
Objeto: Homologación de un acuerdo pleno celebrado conforme arts. 323 y 324 del C.P.P.F., que incluye calificación del hecho como suministro de estupefacientes a título gratuito y la imposición de pena y reglas de conducta; además, decretar decomiso y destrucción de la sustancia secuestrada.
Decisión: Se homologó el acuerdo pleno; se condenó a Luciana Y. Martínez a tres (3) años de prisión de ejecución condicional, multa de quince (15) unidades fijas y costas; se impusieron reglas de conducta por el plazo de la condena (fijar residencia y control mensual por DECAEP; abstenerse de estupefacientes y alcohol; no cometer nuevos delitos; efectuar seis horas mensuales de trabajo no remunerado por dos años en la Dirección de Salud de la Municipalidad de Maipú); se dispuso el decomiso de los objetos secuestrados y la destrucción de la sustancia estupefaciente; se tuvo presente la conformidad del Fiscal Revisor y la renuncia a los plazos del art. 360 del C.P.P.F.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"III.
- Seguidamente, escuchadas las partes, conforme lo dispuesto por los arts. 305 y 325 del Código Procesal Penal Federal, tomando en consideración la conformidad expresada por la causante en forma libre y voluntaria respecto a los términos del acuerdo referido por el representante del Ministerio Fiscal, en función de lo previsto en el art. 324 del C.P.P.F., valorando los extremos expuestos y aportados por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa interviniente, resolví: 1°) HOMOLOGAR el acuerdo pleno en los términos que fue realizado de conformidad con lo previsto por el art. 324 del C.P.P.F. 2°) CONDENAR a Luciana Yasmín MARTÍNEZ ... a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional, multa de quince (15) unidades fijas y costas legales..."
"IV.
- a. Corresponde ahora, conforme lo dispone el art. 20 del C.P.P.F., expresar los fundamentos que me llevaron a adoptar la decisión previamente consignada. En relación a la conducta endilgada a MARTÍNEZ, resultó probado que el día 03/10/2025 la nombrada le suministró a Lucas Fabián Dulcinasco Ríos, tres (3) envoltorios de papel glasé conteniendo cocaína, maniobra que conforme lo acordado por las partes y lo relatado por el Fiscal, fue de manera gratuita... Asimismo, se comprobó que del registro de su domicilio, se halló e incautó un total de 36,4 gramos de cocaína y 4,3 gramos de marihuana, sustancia que se encontraba fraccionada en varios envoltorios de papel glasé, además del dinero referido, teléfono celular y elementos de corte y fraccionamiento."
"b. Debemos destacar que Luciana Yasmín MARTÍNEZ fue encontrada responsable del delito previsto en el art. 5°, inciso e), segunda parte, de la Ley N°23.737, en la modalidad de suministro de estupefacientes a título gratuito, en calidad de autora, figura que importa una conminación -según la escala penal en abstracto
- que parte de un mínimo de tres (3) a doce (12) años de prisión. En efecto, de acuerdo a la valoración efectuada por el Fiscal respecto de las pautas generales que regulan la determinación de la sanción penal conforme los art. 40 y 41 del CP, y el acuerdo de las partes, consideré justo y razonable la aplicación de la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional, multa de quince (15) unidades fijas y costas legales."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la presente resolución.
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