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GAMBARTE MARTIN OSCAR C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Reclamó el actor indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 07/11/2019 y secuelas físicas y psicológicas. El Tribunal condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $5.856.343,87 por incapacidad del 19% y declaró inconstitucional el DNU 669/19.

Accidente de trabajo Incapacidad laboral Indemnizacion Art Lumbalgia post esfuerzo Baremo 659/96 Ley 24.557 Interes ripte / tasa activa bna Dnu 669/19 inconstitucional Monto $5.856.343 87 observacion: se consignan fechas y montos relevantes: siniestro 07/11/2019 Incapacidad fijada 19% Ingreso base $36.616 95 Condena $5.856.343 87 Total deuda parcial calculada al 05/08/2026 $179.494 89 (capital + intereses) conforme liquidacion del tribunal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GAMBARTE MARTIN OSCAR, representado por la Dra. Patricia Elizabeth Elsusi Mosquera. Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Indemnización dineraria por accidente en ocasión del trabajo ocurrido el 07/11/2019 mientras trabajaba para CERAMICA CREGAR S.A., por secuelas físicas y psicológicas e incapacidad permanente. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar a GAMBARTE MARTIN OSCAR la suma de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 87 CVTS. ($5.856.343,87), con imposición de costas a la demandada y aplicación de intereses según ley.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original): "tengo por acreditado que el actor ha padecido un accidente de trabajo el día 7/11/2019, a los 24 años, dejándole un porcentaje de incapacidad física y psicológica del 19 %, de acuerdo al método de la incapacidad restante.( art 14 artículo 2 inciso a) Ley 24.557) el cual debe ser resarcido, visto que la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, no ha cumplido con las prestaciones dinerarias de la ley 24.557 (t.o)" "De acuerdo a lo expresado la liquidación que surge de los extremos probatorios mencionados ut. supra será la siguiente: ... Total de la deuda al 05/08/2026 (Capital + Intereses) = $ 36617 + $ 142877.89 = $ 179.494.89 ... 179.494,89 X 53 x 19 X 2,70 = 4.880.286,56 ... El art. 3 de la ley 26.773 establece que visto que el siniestro ocurrió estando el trabajador a disposición del empleador , se le adicionará como daños el 20%, lo que implica la suma de $ 976.057,31 más 4.880.286,56, o sea la suma de $ 5.856.343,87" "Por todo lo relatado deberá condenarse a la demandada PROVINCIA ART S.A. a abonar A GAMBARTE MARTIN OSCAR, por el accidente sufrido la suma de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 87 CVTS.. ( $ 5.856.343,87 ), en concepto de indemnización dineraria, de acuerdo a la ley 24.557 y sus modificatorias." Asimismo, sobre valoración pericial médica: "10% de incapacidad por columna lumbar es secuela de esfuerzo según baremos 659/96..." y en la valoración global se señala la incapacidad del 19% por el método de la incapacidad restante.
- Votos y mayoría: El fallo fue acordado por las Dras. Porta (voto principal), Noale y Amaya; las tres Juezas votaron en el mismo sentido. El dispositivo final del Tribunal es el aquí transcripto.

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