ASTUDILLO JOSE LUIS C/ PUMA CHOQUE ARTURO S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Arturo Puma Choque y las partes celebraron un acta de audiencia conciliatoria con pago. El Tribunal homologó la transacción de fecha 4/6/2026, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios en base al monto conciliado de $12.000.000.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ASTUDILLO JOSE LUIS.
Demandado: PUMA CHOQUE ARTURO.
Objeto: Acciones derivadas de despido (causa caratulada "ASTUDILLO JOSE LUIS C/ PUMA CHOQUE ARTURO S/ DESPIDO") y conciliación en audiencia.
Decisión: Homologar la transacción celebrada en acta de audiencia de fecha 4/6/2026; imponer las costas a la demandada; regular honorarios conforme al monto conciliado de PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).-
Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el acta de audiencia de fecha 4/6/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
Bloque dispositvo final:
"el Tribunal RESUELVE:
1. Homologar el acuerdo celebrado mediante /acta de audiencia de fecha 4/6/2026, en la forma y condiciones que lo han estipulado, cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas.
2. Imponer las costas a la demandada ARTURO PUMA CHOQUE.-
3. Regular los honorarios ... A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000) , la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida, ... computando a los efectos del presente el valor de jus al día de la fecha (Ac. 4222/26 SCBA).-"
Se registran los votos unánimes de los Dres. Mariana Landi, Xabier Uriaguereca y Diogenes Carlos David Toraf, quien "vota en el mismo sentido por compartir los fundamentos". No consta disidencia.
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