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FLEYTA OSCAR ANTONIO C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

Reclamo por prestaciones dinerarias por presunta enfermedad profesional contra la ART por incapacidad laboral permanente. El Tribunal rechazó en todos sus términos la acción por no acreditarse el nexo causal entre las dolencias y la actividad laboral, eximiendo a la demandada de responsabilidad indemnizatoria y imponiendo costas al actor.

Accidente/enfermedad profesional Incapacidad laboral permanente Nexo causal Pericia medica Prueba insuficiente Rechazo de la demanda Swiss medical art Municipalidad de san nicolas Costas Ley 24.557

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Oscar Antonio Fleyta, por intermedio del Dr. Julián Cruz Domínguez. Demandado: Swiss Medical ART SA. Objeto: Prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente, parcial y definitiva por dolencias que el actor atribuye al trabajo en la Municipalidad de San Nicolás; se solicitó además declaración de inconstitucionalidad de varias normas (art. 6 inc.2, 8 incs.3 y 4, 21, 22 y 46 de la ley 24.557, decretos y otras normas). Decisión: Rechazar en todos sus términos la acción promovida por Oscar Antonio Fleyta contra Swiss Medical ART SA; la demandada queda exenta de responsabilidad indemnizatoria por las prestaciones dinerarias reclamadas. Costas a la parte actora vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia, lenguaje original del tribunal): "En tal sentido, pienso que la opinión especializada del doctor Albornoz ha esclarecido aspectos técnicos vinculados a la causa concernientes a las enfermedades informadas y a la incapacidad portada. Sin embargo, en lo que concierne al aspecto médico del nexo causal, queda supeditada su conclusión a la comprobación de lo expuesto en la demanda." "En la especie, la vinculación especificada por el galeno se basó en el relato del accionante, el que no fue corroborado por otros elementos de prueba y es sabido que la pericia médica, no constituye el medio adecuado para la acreditación de las condiciones y modalidades del trabajo." "En resumidas cuentas, analizada y valorada la prueba de conformidad con las reglas de la sana crítica, no se evidenció que la actividad laboral hubiera contribuido en el origen, desarrollo o desencadenamiento de las enfermedades incapacitantes verificadas, por lo que no cuadra otro desenlace que el rechazo de la pretensión actoral (artículos 6, apartado 2 de la ley 24.557, 57 y 89 de la ley 15.057, 375 del CPCC y 726 del Código Civil y Comercial de la Nación)."
- Votación: Los tres jueces (Pérez Herrera, Mena y Telechea) compartieron los fundamentos de la Sra. jueza preopinante y votaron en igual sentido. Bloque dispositivo final: "Rechazar en todos sus términos la acción promovida... Consecuentemente, la demandada queda exenta de responsabilidad indemnizatoria... con costas a la parte actora vencida (artículos 6 apartado primero de la ley 24.557, 726 del Código Civil y Comercial de la Nación y 375 del CPCC)."

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