Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FRANETOVICH FERNANDO RAUL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial para cobrar deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago de $1.405.582,30 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, con costas a la demandada.

Ejecucion por apremio provincial Deuda fiscal Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de defensas procesales Costas Ley 13.406 Cpcc arts. 540/549/556/166/155 Monto $1.405.582 30 Notificacion electronica Primera instancia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: FRANETOVICH FERNANDO RAUL. Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON 30/100 ($1.405.582,30) más los intereses devengados según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor efectúe el pago íntegro del capital reclamado y sus intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales importantes): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor FRANETOVICH FERNANDO RAUL haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON 30/100 ($1.405.582,30) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno." "REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al 20347270483@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar