FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PANFILO BLAS REY S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para perseguir pago de una deuda tributaria por $327.349,50. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro, aplicando intereses desde la interposición de la demanda y condenando en costas al vencido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor)
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
A quién se demanda (Demandado)
PANFILO, BLAS REY.
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Ejecución de una obligación dineraria reclamada por el Fisco provincial, por el capital de PESOS TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 327.349,50), con aplicación de intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (13/03/24) hasta su efectivo pago.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se hizo lugar a la ejecución: se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago del capital reclamado ($327.349,50) con intereses desde 13/03/24; se imponen las costas a la vencida y se difiere la regulación de honorarios; se tiene por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado por encontrarse anoticiado del apercibimiento del 19/03/24.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Habiendo sido el demandado PANFILO, BLAS REY intimado de pago en el domicilio de calle 29 Nº 561 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."
"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO:"
"1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado PANFILO, BLAS REY haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 327.349,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 13/03/24
- y hasta su efectivo pago."
"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)."
"3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 19/03/24, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."
(Se consignan aquí los textos literales del pronunciamiento final, que constituyen el bloque dispositivo que manda sobre cualquier propuesta individual.)
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