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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HERNANDEZ RICARDO LUIS Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta hacer íntegro pago de $1.864.370,40 más intereses, por haberse declarado perdido el derecho de defensa por ausencia de excepciones y constituido domicilio.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Fisco provincia de buenos aires Perdida de defensa Deuda $1.864.370 40 Intereses resolucion 10/24 Constitucion de domicilio Costas Ley 13.406 Cpcc.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: RICARDO LUIS HERNANDEZ. Objeto: Ejecución provincial por el pago de la suma de Pesos UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 40/100 ($1.864.370,40) en concepto del capital reclamado, más intereses conforme a Resolución 10/24 del Ministerio de Economía. Decisión: Se ordenó proceder con la ejecución contra el demandado hasta obtener el pago íntegro de la suma reclamada con intereses, se declaró perdido el derecho que dejó de usar por no oponer excepciones dentro del plazo, costas a la demandada vencida y postergación de la regulación de honorarios al momento legalmente previsto. Se tuvo por constituido domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado y se mandó registrar y notificar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE 392
- NRO. 777
- CP. 1878
- LOC. QUILMES, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra RICARDO LUIS HERNANDEZ, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de Pesos UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 40/100 ($1.864.370,40), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."

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