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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VILLALBA LUIS GABRIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial para cobrar deuda tributaria. El Tribunal ordenó proceder a la ejecución hasta obtener el pago de $1.053.433,20 más intereses conforme Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y condenó en costas a la parte demandada.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco provincia de buenos aires Perdida de derecho Notificacion Intereses Resolucion 10/24 Costas Domicilio constituido Monto $1.053.433 20.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: LUIS GABRIEL VILLALBA. Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro de la suma reclamada por el Fisco (capital) más intereses legales conforme normativa aplicable. Decisión: Ordenar la ejecución contra el demandado hasta obtener el pago íntegro de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($1.053.433,20) en concepto de capital, más intereses desde la interposición de la demanda conforme Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y normas del Código Fiscal; costas a la demandada vencida; postergación de regulación de honorarios; constitución de domicilio en estrados y notificación conforme ley 13.406 y CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto del fallo): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE LA ROTONDA
- NRO. 1187
- CP. 1891
- LOC. ING. JUAN ALLAN, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra LUIS GABRIEL VILLALBA, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS UN MILLON CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($1.053.433,20), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."
- Montos y fechas relevantes: Monto capital ordenado a ejecutar: $1.053.433,20. Intereses: desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago, conforme Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y artículos 86, 96 y 104 del Código Fiscal (T.O. 2011). Fecha de la resolución: Quilmes, 18 de agosto de 2026.

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