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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PERDIECHIZI MAXIMO ARIEL Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por deuda fiscal contra Perdiechizi y Juárez. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el cobro de $2.374.104,20 más intereses desde la interposición de la demanda, con costas a la demandada vencida.

Ejecucion provincial Deuda fiscal Apremio Interes res. 10/24 Costas Perdida del derecho Notificacion por domicilio constituido Cpcc arts. 116/165/540 Monto $2.374.104 20 Quilmes (19-08-2026).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MAXIMO ARIEL PERDIECHIZI y PATRICIA SUSANA JUAREZ. Objeto: Ejecución provincial por suma adeudada en concepto de capital reclamado y sus intereses. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución contra los demandados hasta hacerse íntegro pago de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUATRO CON 20/100 ($2.374.104,20), más intereses según la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía desde la interposición de la demanda; costas a la demandada vencida; regulaciones de honorarios postergadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge de los informes de los mandamientos de intimación de pago obrantes en autos, diligenciados en los domicilios -Constituidos
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE SAN MARTIN
- NRO. 755
- CP. 1878
- LOC. QUILMES y FISCAL: CALLE 47
- NRO. 6041
- CP. 1884
- LOC. BERAZATEGUI désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra MAXIMO ARIEL PERDIECHIZI y PATRICIA SUSANA JUAREZ, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUATRO CON 20/100 ($2.374.104,20), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC." (Firmado electrónicamente por HUGO JORGE GUARNIERI JUEZ)

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