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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PACI NORMA ELSA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial inició apremio provincial contra Norma Elsa Paci reclamando el pago de una deuda tributaria por $2.038.381,00 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamada y los intereses legales, imponiendo las costas al vencido y constituyendo domicilio procesal en los estrados del Juzgado.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco provincia de buenos aires Deuda $2.038.381 00 Intereses art. 104 codigo fiscal Notificacion ministerio legis Domicilio constituido Costas al vencido Ley 13.406 Regulacion de honorarios postergada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Norma Elsa Paci. Objeto: Ejecución/apremio provincial por capital reclamada de Pesos DOS MILLONES TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 0/100 ($2.038.381,00) más intereses del artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y los intereses legales; se impusieron las costas al vencido; se postergó la regulación de honorarios; y se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado notificando “ministerio legis” a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la resolución): "Agréguese el mandamiento diligenciado acompañado por la parte actora en formato electrónico. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones dentro del término legal, conforme lo dispuesto por la Ley 13.406, habiendo sido intimado de pago y notificado de la presente en el domicilio FISCAL: CALLE PASEO 114
- NRO. 860
- CP. 7165
- LOC. VILLA GESELL;" "FALLO: 1) Mándese llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado NORMA ELSA PACI haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 0/100 ($2.038.381,00) con más los intereses del art. 104 del Código Fiscal, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el día del efectivo pago, imponiendo las costas al vencido (art. 68, 556 del CPCC)." "2) Postérguese la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el artículo 51 de la ley 14967. 3) Tiénese a la demandada por constituído el domicilio en los Estrados del Juzgado, quedando notificada 'ministerio legis' de la presente y futuras resoluciones que recayeran en autos (arts. 13 y 25 Ley 13.406; 41 y 133 del CPCC). REGISTRESE. La presente se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA." (No se consignan votos disidentes ni nombres de magistrados en el texto aportado.)

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