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MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ MASI CLARA S/ APREMIO

Municipalidad de Lanús promovió ejecución por apremio reclamando pago de certificado de deuda por $3.258 y accesorios. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta el pago íntegro con intereses desde el 31/07/2018 y declaró constituidos domicilio y costas a cargo de la demandada.

Ejecucion Apremio Trance y remate Municipalidad de lanus Certificado de deuda n?114001257210 $3.258 Intereses tasa activa banco provincia Mora 31/07/2018 Costas Domicilio constituido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE LANUS. Demandado: MASI CLARA. Objeto: Ejecución apremio por capital reclamado de pesos $3.258 correspondiente al certificado de deuda adjunto N°. 114001257210, más intereses y accesorios; cumplimiento relativo al Bono Ley 8480 según lo indicado en autos. Decisión: Se declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones por vencimiento de plazo; se hizo lugar a la medida de trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada abone íntegramente el capital reclamado con los intereses que aplique la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la mora operada el día 31 de julio de 2018; se impusieron las costas a la demandada vencida; se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados y se consignó la intimación de pago en el inmueble de Consentino 2359, Lanús.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal): "no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)." "Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado MASI CLARA haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $3.258.
- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa
- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago." "Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)." "Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado (art 41 del cpcc). En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle CONSENTINO Nº2359 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: LANUS, partido de Lanús." "Por último, hágase saber a la peticionante que deberá dar estricto cumplimiento con lo ordenado en autos a fs. 4 vta. último párrafo, en relación al Bono Ley 8480."

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