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BASILICO ELSA ALICIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Petición de declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato de Elsa Alicia Basilico. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos Juan Pablo Mancini y María Laura Mancini y reconoció al cónyuge Juan Nicolás Mancini heredar en cuanto a bienes propios y los derechos que la ley le otorga respecto de los gananciales, fundado en certificaciones de defunción, matrimonio y nacimiento y publicación de edictos con resultado negativo.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Herederos universales Conyuge Hijos Certificado de defuncion Publicacion de edictos Registro Inscripcion Codigo civil y comercial.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los interesados en la sucesión: JUAN PABLO MANCINI; MARIA LAURA MANCINI; y JUAN NICOLAS MANCINI (peticionantes de la declaratoria). Demandado: ELSA ALICIA BASILICO (causante, fallecida el 28/11/2017). Objeto: Declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato y reconocimiento de derechos hereditarios sobre los bienes del causante. Decisión: Se hizo lugar a la declaratoria de herederos: se declaró que por el fallecimiento de Elsa Alicia Basilico le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JUAN PABLO MANCINI y BASILICO y MARIA LAURA MANCINI y BASILICO y su cónyuge JUAN NICOLAS MANCINI, a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Cesa la intervención de la Agente Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1º) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 1 del 1° archivo ".pdf"
- se acredita la defunción de ELSA ALICIA BASILICO ocurrida el día 28/11/2017 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-. 2º) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 10 del 1° archivo ".pdf"
- se acredita el matrimonio de ELSA ALICIA BASILICO -causante
- con JUAN NICOLAS MANCINI ocurrido el día 15/04/1967 -art. 423 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-. 3º) Que de esa unión nacieron sus hijos JUAN PABLO MANCINI y BASILICO el día 15/11/1968 y MARIA LAURA MANCINI y BASILICO el día 26/12/1975 (ver certificados acompañados a fs. 1 -páginas 12 y 14 del 1° archivo ".pdf" respectivamente) -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-. 4º) Que con los diarios y recibos acompañados en formato ".pdf" a la presentación electrónica de fs. 12 (ver también presentación electrónica de fs. 9) consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario a fs. 17. Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 Código Civil y Comercial según Ley 26.994 y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ELSA ALICIA BASILICO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JUAN PABLO MANCINI y BASILICO y MARIA LAURA MANCINI y BASILICO y su cónyuge JUAN NICOLAS MANCINI a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Cése la intervención de la Sra. Agente Fiscal." (Se consignan además los requisitos y advertencias para eventual inscripción de la declaratoria, incluyendo certificados de inhibición, libre cesión, dominio, título de propiedad, valuación fiscal, declaración jurada patrimonial, pago de tasas y presentación del formulario R550G para impuesto a la transmisión gratuita de bienes.)

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