B., E. C. - A., D. S/ DIVORCIO
El recurrente apeló la resolución que derivó la cuestión de los gastos de representación a mediación. La Cámara revocó dicha decisión y aclaró que este rubro integra la base de cálculo de la cuota alimentaria pactada.
Actor: E.C.B. Demandado: D.A. Objeto: Inclusión de "gastos de representación" en la base de cálculo de la cuota alimentaria. Decisión: Se hace lugar al recurso de apelación, revocando la decisión de derivar la cuestión a mediación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La base de cálculo fue definida sobre los haberes percibidos mensualmente como Intendente 'por todo concepto', y la única deducción expresamente prevista fue la relativa a los descuentos de ley." "No se advierte que la inclusión del rubro importe modificar el convenio homologado." "El principio del interés superior del niño opera aquí como pauta hermenéutica que refuerza la interpretación literal y más favorable a la eficacia del derecho alimentario."
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