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SUCESORA DE PEDOTTI AUGUSTO DANTE C/ PEUGEOT CITROEN ARGENTINA SA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor reclamó cumplimiento de contrato y daños y perjuicios por la entrega de un automóvil 0 km adquirido y no entregado. El Tribunal hizo lugar a la demanda: condenó a Peugeot Citroën Argentina S.A. a entregar un vehículo 0 km igual o similar al adquirido y a pagar la indemnización por privación de uso fijada en $100.000 mensuales más intereses desde la mora.

Contrato de compraventa Ley 24.240 Consumidor Incumplimiento Entrega 0 km Privacion de uso Intereses (6%) Costas Reconvencion rechazada Peugeot citroen argentina s.a.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Augusto Dante Pedotti (hoy sucedidos representados por su heredera Agustina Sol Pedotti Sañudo). Demandado: Cociar S.A. (absorbida por Peugeot Citroen Argentina S.A.). Objeto: Cumplimiento del contrato de compraventa de un Citroën Fourgon Court Type 600 Berlingo 1.9 D Full (modelo 2009) y daños y perjuicios; subsidiariamente pago en pesos por valor no inferior a $52.550; indemnización por privación de uso y demás rubros. Decisión: Se hace lugar a la demanda. Se condena a Peugeot Citroën Argentina S.A. a entregar dentro de diez días un vehículo 0 km de modelo igual o similar al adquirido; se reconoce indemnización por privación de uso cuantificada en $100.000 mensuales desde la mora (22/09/2008) con intereses (6% anual hasta la sentencia y luego la tasa pasiva más alta hasta el pago); se rechaza la reconvención de la demandada; se impone las costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (parágrafos y citas textuales relevantes extraídos del fallo, lenguaje original): 1) "De acuerdo a toda la prueba analizada supra, se encuentra demostrado que actor adquirió a la demandada el vehículo Citroen Fourgon Court Type 600 Berlingo 1,9 D Full modelo 2009 motor 10DXBE0053852 chasis 8BCMWJZF9G515457 en fecha 22/9/2008 conforme las condiciones de venta que surgen de la solicitud nro. 03347, siendo el precio total de $49.550, estableciéndose como parte de pago el vehículo Scenic 1.9 F2 ABS, bordo del año 2001 tomando como su valor la suma de $36.000 ..., encontrándose el saldo de precio totalmente abonado conforme surge de los recibos acompañados, por lo que se encuentra demostrado el contrato de consumo ... como asimismo el incumplimiento de la obligación por parte del proveedor demandado en los términos del art. 10 bis, ejerciendo la opción prevista en la mentada norma para la entrega del vehículo O Km." 2) "No se ha demostrado, por el contrario, que el vehículo entregado por el Sr. Pedotti como parte de pago tuviera algún desperfecto, en tanto no surgen dichas circunstancias, cuya carga probatoria recaía en cabeza de la demandada demostrar (art. 375 del CPCC), encontrándose por el contrario demostrado el incumplimiento de la accionada, quien pese a haber recibido el precio total del vehículo no lo entregó al accionante." 3) "En virtud de lo expuesto y las claras prescripciones de los arts. 10, 10 bis, 40, 52 y ctes. de la Ley 24.240 concluyo que la demanda debe prosperar, en la medida que infra se analizará contra Peugeot Citroen Argentina S.A, lo que así se decide..." 4) Sobre la indemnización: "El rubro privación de uso ... se justiprecia en la suma de pesos cien mil mensuales ($100.000)..." y respecto de intereses: "los intereses ... tienen carácter resarcitorio y no moratorios... el curso de los intereses comienza desde que se produce cada perjuicio... Corresponde determinarlos desde la mora -22/09/2008
- hasta la fecha del dictado de la presente sentencia, con una tasa del 6% anual y, desde aquella data, correrán nuevos réditos a la tasa pasiva más alta ... y hasta el efectivo pago..." 5) Dispositivo final (FALLO): "1) Haciendo lugar a la demanda incoada por Augusto Dante Pedotti (hoy sus sucesores) condenando a Peugeot Citroen Argentina S.A (antes Cociar S.A) para que en el plazo de diez dias entreguen a la actora un automóvil OKM de un modelo igual o -en caso de haberse discontinuado su fabricación uno similar
- al Citroen Fourgon Court Type 600 Berlingo 1.9 Full, con más las sumas establecidas en el Considerando V en concepto de privación de uso y los intereses desde la fecha de la mora establecidos en el Considerando VI, 2) Rechazando la reconvención ... 3) Imponiendo la totalidad de las costas a la parte demandada vencida..."
- Votos/división: Sentencia única. No consta disidencia; se aplicó la regla de mayoría (bloque dispositivo final).

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