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ULLUA MIGUEL ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitó sucesión intestada por el fallecimiento de Ullua Miguel Alberto y se solicitó la declaración de herederos. El Tribunal declaró como herederos universales a los tres hijos Iara Ailen, Leandro Emanuel y Miguel Eduardo Ullua, y a la cónyuge Norma Beatriz Maciel, precisando que la resolución carece de valor para efectos de inscripción, cesión, transmisión de bienes o cobro de sumas.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Herederos universales Conyuge superstite Hijos Certificado de defuncion Edictos art. 2340 ccyc Cpcc arts. 735 y 737 Inscripcion registral (sin valor) Notificacion electronica observacion: no consta en el texto el nombre del juez que dicto la resolucion y el peticionante figura con iniciales (d. h.) en el proveido. si requiere Puedo adaptar el analisis cuando se aporte la caratula completa o el texto con firmantes.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor:
- Peticionante identificado en autos como D. H. Demandado:
- Se actúa respecto de la sucesión de ULLUA MIGUEL ALBERTO (causante, fallecido el 02/09/2021). Objeto:
- Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento en sucesión ab-intestato y la inscripción de sus integrantes conforme ley. Decisión:
- El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que, por el fallecimiento de Ullua Miguel Alberto, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos IARA AILEN, LEANDRO EMANUEL y MIGUEL EDUARDO ULLUA y su cónyuge NORMA BEATRIZ MACIEL, con la salvedad de los derechos que la ley le reconoce respecto de los bienes gananciales. Asimismo, dejó constancia de que la resolución "carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- "Que con el certificado de defunción digitalizado el 29/12/2021 13:26:10 se acredita el fallecimiento de ULLUA MIGUEL ALBERTO ocurrido el día 02/09/21."
- "Que el causante era de estado civil casado en sus primeras nupcias con NORMA BEATRIZ MACIEL, cuyo matrimonio fuera celebrado el día 24/11/84 -ver certificado de matrimonio adjunto el 29/12/2021 13:26:10.-"
- "Que de esa unión nacieron: IARA AILEN (15/09/2005), LEANDRO EMANUEL (02/06/91) y MIGUEL EDUARDO (17/03/86) -ver certificados de nacimientos adjuntos el 29/12/2021 13:26:10 y el 25/5/2024 20:04:43.-"
- "Que con fecha 25/11/22 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC)…"
- Resolución dispositiva: "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts.7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ULLUA MIGUEL ALBERTO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: IARA AILEN, LEANDRO EMANUEL y MIGUEL EDUARDO ULLUA y MACIEL, y su cónyuge: NORMA BEATRIZ MACIEL, a quien también se la declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE."
- Notificación y alcance: "Para que los herederos declarados cuenten con una copia de la presente resolución, cuya firma digital puede ser verificada accediendo mediante el código QR, notifico la misma al domicilio electrónico constituido en este expediente por las partes 20301368276@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR"
- Aclaración sobre valor de la resolución: "Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."

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