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MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTIN C/ ARLORO REYES HECTOR ALEJANDRO Y OTROS S/ APREMIO

La Municipalidad de General San Martín promovió ejecución por certificados de deuda municipales para el cobro de $88.314,35 más intereses. El Tribunal ordenó la ejecución por remate hasta el íntegro pago del capital reclamado, aplicando las ordenanzas municipales o, en su defecto, la tasa del Banco Provincia desde las fechas de mora, e impuso costas a la parte demandada.

Ejecucion Trance y remate Certificados de deuda Ordenanzas municipales Intereses (banco provincia) Mora (19/09/2017 04/03/2022) Perdida de derecho por inactividad (art. 540 c.p.c.c.) Costas Municipalidad de general san martin Domicilio constituido en estrados

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTIN. Demandado: HECTOR ALEJANDRO ARLORO REYES y HECTOR ROBERTO ARLORO. Objeto: Ejecución (causa de trance y remate) de certificados de deuda municipales por el cobro de capital e intereses (certificado n.º 110161 con fecha de mora 19/09/2017 y certificado n.º 156451 con fecha de mora 04/03/2022). Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado de Pesos OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 35/100 ($88.314,35), con adición de intereses conforme a ordenanzas municipales o, en su defecto, la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde las fechas de mora hasta el efectivo pago; se impusieron las costas a la parte demandada; se diferió la regulación de honorarios hasta quedar firme la liquidación de capital; y se tuvo por constituido el domicilio de los demandados en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "I) Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones dentro del plazo legal que establece el art. 540 del C.P.C.C. y encontrándose los demandados HECTOR ALEJANDRO ARLORO REYES y HECTOR ROBERTO ARLORO intimados de pago y citados de remate en fecha 25/06/2025, conforme surge de las presentaciones de fecha 29/06/2026 en el domicilio de la calle Sáenz Peña 1202, de la localidad de Villa Granaderos de San Martín y partido de General San Martín, déseles por perdido el derecho que han dejado de usar. En atención a ello, téngase su domicilio por constituído en los Estrados del Juzgado." "II) En cuanto a los intereses, deberá aplicarse lo establecido en las ordenanzas municipales vigentes (S.C.J.B.A., Ac. 43.858 del día 21/05/1991) y en su defecto, la tasa de interés fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento a treinta (30) días por ser ésta la institución bancaria oficial que la fija dentro del ámbito de esta Provincia desde la fecha de la mora respecto de cada certificado de deuda traído a ejecución (19/09/2017 respecto del certificado n.º 110161 y 04/03/2022 respecto del certificado n.º 156451) y hasta su efectivo pago." Bloque dispositivo final (FALLO): "I) Esta causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución promovida por la MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTIN contra HECTOR ALEJANDRO ARLORO REYES y HECTOR ROBERTO ARLORO hasta que se haga a la primera íntegro pago del capital reclamado de Pesos OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 35/100 ($88.314,35); a la que deberán adicionarse los intereses de acuerdo a lo establecido en las ordenanzas municipales vigentes desde las fechas de mora consignadas ut supra hasta su efectivo pago; 2º) Imponer las costas del presente proceso a la parte demandada que resulta vencida; 3º) Diferir la regulación de los honorarios de la letrada interviniente para una vez que quede firme la liquidación de capital que deberá practicar la actora; 4º) Tener a los demandados por constituído su domicilio en los Estrados del Juzgado. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE."

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