ARCA c/ DOMINGUEZ ALEJO GABRIEL s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA (Ex AFIP) promovió ejecución fiscal por una deuda por $6.565.449,79 contra Alejo Gabriel Domínguez. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP a proceder hasta obtener el íntegro pago, impuso costas a la demandada y ordenó medidas de embargo e inhibición en caso de insuficiencia.
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.), en representación de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
¿A quién se demanda?
DOMINGUEZ ALEJO GABRIEL.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $6.565.449,79 según la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra el demandado, habilitándose a la Administración Federal de Ingresos Públicos para llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital de $6.565.449,79 con más sus intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se autorizó la inhibición general de bienes si resultare insuficiente el embargo bancario; se ordenó la imputación de fondos si el embargo bancario fuere positivo; y se dispuso la notificación administrativa de la liquidación de la deuda, con posibilidad de impugnación en cinco días ante el tribunal.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Las presentes actuaciones caratuladas “ARCA c/ DOMINGUEZ ALEJO GABRIEL s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)”, Expediente Nº28015/2026, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de DOMINGUEZ ALEJO GABRIEL por la suma de $6565449.79 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos."
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante..."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: