DAVALOS VAZQUEZ LIZ PAOLA Y OTRO/A C/ AINSTEIN RICARDO ANIBAL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La parte actora fue intimada por inactividad procesal y, pese a impulsar el trámite el 10/03/2026, volvió a expirar el plazo reglamentario. El Tribunal decretó la caducidad de instancia, impuso las costas a la actora y no regularizó honorarios por resultar la tarea inoficiosa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: la parte actora (no se consigna nombre).
Demandado: no surge del extracto.
Objeto: no especificado en el texto remitido; la decisión versa sobre la caducidad de la instancia por inactividad procesal.
Decisión: El Tribunal decretó la caducidad de la instancia, impuso las costas a la parte actora y no reguló honorarios por resultar inoficiosa la labor profesional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, manteniendo el lenguaje original):
"Que con fecha 12 de febrero de 2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 3 de julio de 2025.
Sentado ello, y tomando en consideración que luego de la intimación señalada la parte actora ha impulsado debidamente el proceso mediante la presentación de fecha 10 de marzo de 2026, pero que desde el día 11 de marzo de 2026 ha transcurrido nuevamente el plazo de caducidad previsto para el trámite de las presentes actuaciones (art. 310 del CPCC
- texto según ley 13.986) y no siendo necesaria una nueva intimación; corresponde declarar la caducidad de la instancia (art. 315 del CPCC).
En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA,"
- Transcripción de la parte resolutiva final (bloque dispositivo que ordena la solución):
"RESUELVO:
Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).
Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)
No regular honorarios por la tarea profesional efectuada en autos en virtud de resultar la misma inoficiosa.
Regístrese la presente resolución. Notifíquese y oportunamente archivase."
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