ELECTRONICA MEGATONE SA C/ PARRAGA SIPE DENNYS S/ COBRO EJECUTIVO
Se declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal luego de intimación y transcurso de los plazos previstos en el CPCC. El Tribunal hizo lugar a la caducidad, impuso las costas a la parte actora y diferió la regulación de honorarios hasta que gane firmeza el resolutorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La parte actora (no individualizada en el texto suministrado).
Demandado: No individualizado en el texto suministrado.
Objeto: No surge del dispositivo; el pronunciamiento se limita a declarar caducidad de instancia por inactividad procesal.
Decisión: Decretar la caducidad de la instancia; imponer las costas a la parte actora; diferir la regulación de honorarios hasta que el resolutorio gane firmeza.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente, tal como solicita el instructivo):
"Que con fecha 10 de noviembre de 2025 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue la providencia de fecha 11 de noviembre de 2016."
"Sentado ello, y tomando en consideración que luego de la intimación señalada la parte actora ha impulsado debidamente el proceso mediante la presentación de fecha 17 de noviembre de 2025, pero que desde el día 17 de abril de 2026 ha transcurrido nuevamente el plazo de caducidad previsto para el trámite de las presentes actuaciones (art. 310 del CPCC
- texto según ley 13.986) y no siendo necesaria una nueva intimación; corresponde declarar la caducidad de la instancia (art. 315 del CPCC)."
Bloque dispositivo final (texto literal, decisorio y prevalente):
"RESUELVO:
Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).
Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)
Diferir la pertinente regulación de honorarios para una vez que gane firmeza el presente resolutorio.
Regístrese. Notifíquese y oportunamente archivase."
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