MANGIAROTTI PABLO RUBEN Y OTRO/A C/ OCUPANTES DE LOTE 13 MANZ 224 CIRC 6.. S/DILIGENCIAS PRELIMINARES
El actor manifestó que la pretensión de la acción se encuentra cumplida y requirió el cierre del expediente. El Tribunal hizo lugar a la manifestación, tuvo por concluido el proceso y ordenó el archivo de las actuaciones, dejando la regulación de honorarios para cuando se aporten las pautas arancelarias (arts. 27 y 40 Ley 14.967).
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (parte actora que formuló la manifestación electrónica).
Demandado: DESCONOCIDO.
Objeto: No surge del texto; la actuación refiere a una manifestación de la parte actora en la que afirma que "la pretensión de la acción en estos actuados, se encuentra cumplida" y solicita el cierre del expediente.
Decisión: Se tuvo por formulada la manifestación, se consideró concluido el expediente y se dispuso su archivo. La regulación de los honorarios del profesional interviniente se difirió hasta que sean aportadas las pautas arancelarias correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Atendiendo a las manifestaciones formuladas por la parte actora en la presentación electrónica: MANIFESTACION
- FORMULADA / SE PROVEE (251501387021464597), en cuanto a que pretensión de la acción en estos actuados, se encuentra cumplida, corresponde tener por concluido el mismo, procediendo en la oportunidad pertinente al archivo de las presentes actuaciones; difiriendo la regulación de los honorarios del profesional interviniente, para el momento en que sean allegadas en autos las pautas arancelarias correspondientes (arg. art. 27 y 40 Ley 14.967). Lo que así RESUELVO."
"Regístrese. Notifíquese, en los términos del art. 10 del Anexo II del Ac. 4039/21 SCBA y y comuníquese a la Receptoría General de Expedientes Departamental (Ac. 3.397/08)"
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