DIAZ DE GALLEGOS EMILCE ZULEMA ELENA C/ HERRAN CARLOS ALEJANDRO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
Incidente de aclaratoria en causa de prescripción adquisitiva (usucapión) para corregir la fecha de adquisición del derecho real. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y precisó que la adquisición se produjo el 2 de mayo de 1993, rectificando la fecha consignada en el considerando cuarto de la sentencia del 25/3/2025.
Actor: DIAZ DE GALLEGOS EMILCE ZULEMA ELENA. Demandado: HERRAN CARLOS ALEJANDRO. Objeto: Prescripción adquisitiva vicenal / usucapión (reconocimiento de adquisición del dominio por prescripción adquisitiva). Decisión: Se hizo lugar a la presentación electrónica de aclaratoria y se corrigió el considerando cuarto de la sentencia definitiva de fecha 25/3/2025, precisando que la adquisición del derecho real se produjo el día 2 de mayo de 1993.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción del texto relevante de la resolución: "Y VISTOS: Proveyendo la presentación electrónica efectuada por el letrado Fiorello de fecha 3/8/2026, siendo exacto lo expuesto, aclárese el considerando cuarto de la sentencia definitiva de fecha 25.3.2025, en el sentido de que se produce la adquisición del derecho real respectivo en el día 2 de mayo de 1993 y no como allí se indicara." La decisión consistió en una aclaratoria formal del fallo anterior para corregir la fecha de adquisición del derecho real. No se introducen nuevas cuestiones de fondo ni se modifica el dispositivo sustantivo del pronunciamiento de 25/3/2025 más allá de la precisión cronológica indicada.
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