BANCO COMAFI C/ DE LUCCA JORGE RAFAEL S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO(4)
El Banco Comafi promovió demanda por cobro ordinario de sumas de dinero por saldos impagos de tarjeta de crédito, cuenta corriente y préstamo personal por $9.222.380,43. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $9.222.380,43 más intereses desde la mora y costas, con opción de ajuste por UVA o CER conforme criterio citado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO COMAFI S.A., representado por el Dr. Rodolfo David D'Anunzio.
Demandado: JORGE RAFAEL DE LUCCA.
Objeto: Cobro de pesos por saldo impago proveniente de tarjeta de crédito Visa ($5.269.511,14 con mora 21/7/2025), saldo deudor de cuenta corriente ($287.479,33 con mora 24/6/2025) y saldo deudor de préstamo ($3.665.389,96 con mora 12/2/2025), total $9.222.380,43, más intereses y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a JORGE RAFAEL DE LUCCA a pagar, dentro de diez días, la suma de $9.222.380,43 en favor del actor, más interés desde la mora hasta el efectivo pago y costas; se difiere la regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos fielmente):
I. "Que en fecha 30/10/2025 se presenta el Dr. RODOLFO DAVID D'ANUNZIO, en representación del BANCO COMAFI S.A., iniciando demanda por cobro de pesos contra JORGE RAFAEL DE LUCCA, por la suma de $ 9.222.380,43.-, más intereses y costas.
Relata que la acreencia reclamada corresponde al saldo impago de tarjeta de crédito Visa, cuenta corriente bancaria y un préstamo personal, conforme el siguiente detalle:
Concepto
Importe
Mora
Tarjeta de Crédito
$ 5.269.511,14
21/7/2025
Saldo deudor Cuenta Corriente
$ 287.479,33
24/6/2025
Saldo deudor Préstamo
$ 3.665.389,96
12/2/2025
Total
$ 9.222.380,43"
II. "Que la parte demandada no contestó la demanda y fue declarada rebelde, por lo que cabe tener por ciertos los hechos relatados por la actora y por reconocida la documentación que se acompaña (arts. 60 y 354, inc. 1º, CPCC).
De tal modo, corresponde hacer lugar a la demanda promovida y condenar a la demandada a pagar a la actora la suma reclamada, con intereses y costas (arts. 730 y conc. del CCCN; art. 68 del CPCC)."
Resolución dispositiva final (texto transcripto íntegramente): "Hacer lugar a la demanda promovida por el BANCO COMAFI S.A. contra JORGE RAFAEL DE LUCCA, y condenar a éste a pagar, dentro del plazo de diez días, en favor de la actora, la suma de $9.222.380,43.-, conforme el detalle indicado más arriba, más el interés que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días o bien a opción del acreedor el ajuste del capital por la evolución de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) o el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más el interés a una tasa fija del 1% anual (conf. doct. de la Suprema Corte de Justicia en la causa C. 124.096 "Barrios, Héctor Francisco y otra contra Lascano, Sandra Beatriz y otra. Daños y perjuicios" del 17/4/2024, que declaró la inconstitucionalidad sobrevenida del artículo 7 de la Ley 23.928 -texto según Ley 25.561-), desde la mora hasta el efectivo pago (arts. 540 y 549 del CPCC). Con costas. Difiérese la regulación de honorarios hasta que se apruebe la liquidación."
- Observaciones procesales relevantes: la parte demandada fue declarada rebelde por no contestar la demanda, por lo que se tuvieron por ciertos los hechos y la documentación aportada (arts. 60 y 354 inc.1º CPCC). Se aplica normativa citada (arts. 730 y concordantes del CCCN; art. 68 CPCC) y se autoriza opción de ajuste de capital (UVA/CER) conforme doctrina de la Suprema Corte citada.
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