MELIAN FABIAN HÉCTOR C/ GONZALEZ CARLOS GUSTAVO Y OTROS S/ EJECUCION HONORARIOS
Ejecución de honorarios derivados del expediente principal por nulidad de testamento. El Tribunal declaró su incompetencia para entender en la ejecución y ordenó remitir los autos al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°3 del Departamento Judicial de Junín, por aplicación del art. 6 inc. 1º del C.P.C. y jurisprudencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Melian Fabián Héctor.
Demandado: González Carlos Gustavo y otros.
Objeto: Ejecución de honorarios regulados en el marco del expediente principal caratulado "Merlo Adriana y otros c/ Iribarren Cesar Lujan y otros s/ Nulidad de testamento" (Expte. N° JU-2942-2020).
Decisión: El Tribunal se declaró incompetente para entender en la ejecución de honorarios y ordenó remitir los autos al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°3 del Departamento Judicial de Junín, debiendo instrumentarse la remisión por intermedio de la Receptaría General de Expedientes una vez que el presente quede firme. Dispone asimismo la baja en los Libros de Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que, en virtud de la remisión de la presente ejecución de honorarios por Receptaría General de Expedientes a este Órgano, teniendo en cuenta que, conforme se denuncia en la demanda y respectiva documental aportada se trata de la ejecución de honorarios regulados en el marco del expediente principal caratulado: 'MERLO ADRIANA Y OTROS C/ IRIBARREN CESAR LUJAN Y OTROS S/ NULIDAD DE TESTAMENTO' EXPTE N°JU-2942-2020, que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°3 del Departamento Judicial de Junín.
Y, por lo expuesto supra y lo dispuesto por el art. 6 inc. 1º del C.P.C, deberá ser el Juzgado de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°3 del Departamento Judicial de Junín el que aborde la pretensa ejecución de un haber nacido de un fallo que el mismo ha emitido (SCBA LP Ac 93664 I 05/10/2005 causa: F. M. ,O. c/D. ,C. V. s/Ejecución honorarios), por lo que corresponde que el Suscripto se declare incompetente, debiendo remitir estos obrados al mencionado Órgano por intermedio de la Receptaría General de Expedientes una vez que reste firme el presente. Oportunamente dése de baja de los Libros de Secretaría, lo que ASI SE RESUELVE."
(No consta voto en disidencia.)
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