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SILVESTRE JORGE RAFAEL Y OTRO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo de personal militar por el Suplemento por Zona del decreto 2769/93 y Res. 1459/93. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la pretensión, apoyándose en la doctrina de la Corte Suprema sobre la naturaleza no general del suplemento.

Suplemento por zona Fuerzas armadas Remunerativo Bonificable Decreto 2769/93 Res. 1459/93 Doctrina csjn Costas Seguridad social Apelacion

Actor: SILVESTRE JORGE RAFAEL y otro. Demandado: MINISTERIO DE DEFENSA (Estado Nacional). Objeto de la demanda: Se reclamó la inclusión en los haberes con carácter remunerativo y bonificable del "Suplemento por Zona" previsto en el decreto 2769/93 y la Resolución 1459/93 del Ministerio de Defensa.

¿Qué se resolvió?

Se declararon admisibles los recursos de ambas partes y se confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios; las costas de Alzada se imponen por su orden (art. 68 párr. 2° CPCCN.). Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En la causa 'Bovari de Díaz, Aída y otros c/Estado Nacional', B. 474 XXXIV, y 'Villegas, Osiris y otros c/Estado Nacional', V. 20 XXXIV, ambas de fecha 04.05.00, acerca de la naturaleza y alcance del suplemento en cuestión, por lo que no cabe prescindir de las consideraciones allí expuestas. Allí se sostuvo que las asignaciones que dieron origen al presente reclamo '...no han sido creados ni otorgados con carácter generalizado a la totalidad del personal en actividad ni a la totalidad del personal de un mismo grado, y que su aplicación se ha ajustado, en general, a los términos del decreto del Poder Ejecutivo y la resolución del Ministerio de Defensa'." "El Máximo Tribunal se ha pronunciado en la causa 'Picone, Juan Blas Pedro c/Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad' (FCB 27470/2013/1/RH1), sentencia en fecha 4 de octubre de 2022, en la que, remitiéndose a lo resuelto en los casos 'Bovari de Díaz' y 'Villegas, Osiris', admitió la queja deducida por el Estado Nacional y, en consecuencia, hizo lugar al recurso extraordinario articulado contra la sentencia que había admitido el carácter general del 'suplemento por zona' (Resolución del Ministerio de Defensa 1459/93)." "Por lo tanto, siendo que no se encuentran elementos que permitan a este Tribunal apartarse de esta doctrina, corresponde confirmar la sentencia apelada." Sobre costas y honorarios: "En relación con la queja vertida por la demandada respecto del orden de costas fijado en la sentencia recurrida, en virtud de lo resuelto y al carácter alimentario de los derechos en debate corresponde confirmar lo decidido (art. 68 2º párrafo del CPCCN). Finalmente, sin perjuicio de que las consideraciones vertidas por la parte actora no han tenido favorable acogida, atento a la naturaleza del derecho pretendido y toda vez que pudo creerse con razón suficiente para litigar, las costas se imponen por su orden en la Alzada (conf. art. 68 2º párrafo del CPCCN)." Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva final.

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