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MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ TRASLASIERRA EN JUNIN S.R.L Y OTRO/A S/ APREMIO

La Municipalidad de Junín promovió juicio de apremio por tasas municipales y accesorios por $219.805,90 contra TRASLASIERRA EN JUNÍN S.R.L. y Rodrigo Arias. El Tribunal rechazó las excepciones de prescripción, de inhabilidad de título y de falta de legitimación pasiva de Arias, por entender interrumpida la prescripción por convenio, que el título reúne los requisitos formales y que la normativa fiscal municipal lo alcanza como responsable solidario.

Apremio Tasas municipales Prescripcion Reconocimiento de deuda Inhabilidad de titulo Legitimacion pasiva Responsabilidad solidaria Codigo fiscal junin Ley 13.406 Costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Municipalidad de Junín. Demandado: TRASLASIERRA EN JUNÍN S.R.L. y Rodrigo Arias. Objeto: Ejecución por apremio de tasas municipales, multas, intereses y servicios correspondientes a la Partida N° 30710429266-0/01, por la suma de $219.805,90 (capital $156.835,09; intereses $62.970,81) con liquidación a junio de 2023. Decisión: Se desestimaron las excepciones opuestas por Rodrigo Arias (prescripción, inhabilidad de título y falta de legitimación pasiva). Se ordenó continuar la ejecución contra la sociedad y Arias por la suma reclamada, con costas a los ejecutados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): Sobre prescripción: "El reconocimiento de la obligación constituye un acto idóneo para interrumpir el curso de la prescripción, conforme lo dispuesto por el art. 2545 del Código Civil y Comercial. En consecuencia, aun cuando se tomara como punto de partida del cómputo la fecha en que cada obligación se tornó exigible, el reconocimiento efectuado mediante el convenio de pago celebrado en el año 2021 impidió que se consumara el plazo de prescripción invocado por la ejecutada, comenzando a correr un nuevo término. En el caso, además, la ejecución fue promovida el 11/07/2023, esto es, dentro del nuevo plazo de prescripción que comenzó a correr a partir del reconocimiento efectuado mediante el convenio de pago de 2021." Sobre inhabilidad de título: "El art. 9 inc. c) de la Ley 13.406 establece que la defensa deberá fundarse exclusivamente en las formas extrínsecas del título... El proceso de apremio no constituye un juicio de conocimiento pleno... No constituye la vía idónea para efectuar un control exhaustivo del contenido sustancial del acto administrativo que dio origen al título... En el caso, el ejecutado sustenta su defensa en la alegada inexistencia de la deuda... dicho planteo no evidencia un vicio formal del instrumento que sustenta la ejecución, sino que se dirige a cuestionar la existencia y causa de la obligación tributaria... toda vez que el título base de la presente ejecución reúne los recaudos extrínsecos exigidos por la Ley 13.406 y no se advierte en él vicio formal alguno que afecte su habilidad ejecutiva, la excepción planteada resulta improcedente." Sobre legitimación pasiva: "El Código Fiscal de Junín... contempla expresamente un régimen de responsabilidad solidaria... el art. 20 inc. c) incluye entre los responsables a 'los integrantes de los órganos de administración, o quienes sean representantes legales, de personas jurídicas', mientras que el art. 22 establece que las personas comprendidas en el artículo anterior 'responden en forma solidaria y con todos sus bienes por el pago de los tributos, recargos, intereses y multas'... de las constancias incorporadas... surge que Rodrigo Arias revestía el carácter de socio gerente de la sociedad ejecutada durante el período al que corresponden las obligaciones objeto de autos, circunstancia que, conforme el régimen específico previsto por los arts. 20 inc. c) y 22 del Código Fiscal, determina su inclusión dentro de la categoría de responsables solidarios... Por consiguiente, encontrándose acreditado que Rodrigo Arias revestía el carácter de socio gerente... corresponde desestimar la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta." Sobre inconstitucionalidad: "Finalmente, el planteo de inconstitucionalidad formulado respecto del régimen de responsabilidad solidaria tampoco requiere ser abordado, desde que el ejecutado no ha demostrado que la aplicación de las normas cuestionadas resulte necesaria para arribar a una solución distinta..." FALLO (bloque dispositvo final, sintetizado): 1) Desestimar excepciones de prescripción e inhabilidad de título opuestas por Rodrigo Arias. 2) Desestimar la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Rodrigo Arias. 3) Mandar llevar adelante la ejecución contra TRASLASIERRA EN JUNÍN S.R.L. y RODRIGO ARIAS por $219.805,90 más intereses. 4) Imponer costas a TRASLASIERRA EN JUNÍN S.R.L. y Rodrigo Arias. (Firma: Dra. María Fabiana Patiño)

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