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BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A C/ FURLANO FACUNDO EZEQUIEL S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

Demanda por acción de secuestro promovida por Banco Santander Argentina S.A. El Tribunal admitió la recusación sin causa conforme al art. 14 del C.P.C.C. y ordenó remitir las actuaciones a Receptoría General de Expedientes para nuevo sorteo.

Recusacion Admision Art. 14 c.p.c.c. Accion de secuestro Banco santander Sorteo Receptoria general de expedientes Notificacion electronica Primera instancia Moron.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A. Demandado: FURLANO FACUNDO EZEQUIEL. Objeto: Acción de secuestro (Art. 39 Ley 12.962). Decisión: Se admitió la recusación sin causa planteada, y se remitieron las actuaciones a la Receptoría General de Expedientes para realizar un nuevo sorteo. Se ordenó notificar al domicilio electrónico indicado y se registraron las actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del pronunciamiento): "En virtud de lo dispuesto por el Art. 14 del C.P.C.C., admítase la recusación sin causa formulada en el punto X del escrito a despacho, consecuentemente, remítanse las actuaciones a la Receptoría General de Expedientes para la realización de un nuevo sorteo. A sus efectos, notifíquese al domicilio electrónico receptoria-mo@jusbuenosaires.gov.ar.- Regístrese. Dése de baja en los libros de la Secretaría." (No consta en el proveído fundamento adicional. El acuerdo se pronuncia admitiendo la recusación y ordenando el nuevo sorteo, conforme al art. 14 C.P.C.C.)

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