BLANCO, ALEJANDRO FEDERICO Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Regulación de honorarios por ejecución de sentencia: la Cámara confirmó los honorarios regulados el 17/03/2026 a favor de los Dres. Pablo Leonel Azpelicueta y María Valeria de la Llosa, y redujo los emolumentos de la Dra. María Valeria de la Llosa a $208.440 por las tareas de ejecución. La Cámara fundó su decisión en la valoración del trabajo profesional, la naturaleza del asunto, el monto involucrado y la necesidad de una retribución equitativa y proporcional.
¿Quién es el actor?
Blanco, Alejandro Federico y otros (actora).
¿A quién se demanda?
EN
- M DEFENSA – EJERCITO s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
- Objeto de la demanda: regulación de honorarios y retribución profesional derivados de la sustanciación y ejecución de la causa vinculada a personal militar y civil de las FFAA (liquidaciones/sentencias aprobadas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios regulados el 17/03/2026 en favor de los Dres. Pablo Leonel Azpelicueta y María Valeria de la Llosa, y en cuanto a las tareas desarrolladas para obtener el cumplimiento de la sentencia redujo los emolumentos regulados a favor de la Dra. María Valeria de la Llosa a la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($208.440) —equivalente a 2 UMA—. Se dispuso además que el IVA integra las costas y deberá adicionarse si el profesional resulta responsable inscripto; si no lo hubiere denunciado, el plazo para el pago correrá desde la denuncia de esa calidad.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que a fin de tratar los recursos interpuestos, en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S., Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)."
"Que sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, resultado y el monto involucrado -conf. sentencias y liquidaciones aprobadas-; en atención al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, toda vez que la causa fue declarada como de puro derecho, corresponde confirmar los honorarios regulados con fecha 17/03/2026 en favor de los DRES. PABLO LEONEL AZPELICUETA Y MARIA VALERIA DE LA LLOSA... Asimismo, a fin de fijar la retribución por las tareas desarrolladas tendientes a obtener el total cumplimiento de la sentencia... corresponde reducir a la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($208.440) –equivalente a 2 UMA–, los emolumentos regulados a favor de la DRA. MARIA VALERIA DE LA LLOSA..."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutivo; la decisión adoptada es la que figura en la parte resolutiva que se transcribe más arriba.
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