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BERKLEY INTERNACIONAL ASEG. DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. c/ IRIARTE, ALVARO JAVIER Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

Berkley ART reclamó el reembolso de prestaciones pagadas por accidente in itinere por $1.290.019,09 conforme art. 39 inc. 5 Ley 24.557. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar al cobro y condenó al demandado al pago de la suma reclamada con costas a su cargo.

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¿Quién es el actor?

Berkley Internacional ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).

¿A quién se demanda?

Álvaro Javier Iriarte (y la citada en garantía, aseguradora del demandado).
- Objeto de la demanda: Cobro de sumas de dinero por repetición de prestaciones pagadas al trabajador víctima de accidente de tránsito (art. 39 inciso 5 Ley 24.557). Se reclamó $1.290.019,09 ( $260.019,09 por prestaciones médicas y $1.030.000 por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la demanda y condenó al demandado al pago de la suma reclamada; con costas de esta instancia a cargo de los condenados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales de los párrafos más relevantes): "Dispone esta norma que 'En los supuestos de los apartados anteriores, la ART o el empleador autoasegurado, según corresponda, están obligados a otorgar al damnificado o a sus derechohabientes la totalidad de las prestaciones prescriptas en esta ley, pero podrán repetir del responsable del daño causado el valor de las que hubieran abonado, otorgado o contratado'." "Se considera acreedora de un crédito que debe satisfacer el demandado, y ello es suficiente para admitir su legitimación." "Por tratarse de un choque entre dos rodados en movimiento, no está en discusión la aplicación de los arts. 1757 y 1769 del Código Civil y Comercial de la Nación. Al ser así, la responsabilidad es objetiva, y el demandado sólo puede liberarse demostrando un hecho con aptitud para fracturar el nexo causal." "La experta confirmó que la actora abonó prestaciones en especie y dinerarias previstas en la Ley 24.557, detallando los conceptos, beneficiarios, fechas y montos, cuyo total asciende a la suma de $ 1.290.019,09... El informe pericial no ha sido impugnado ni cuestionado por las partes." "En ese orden de ideas, estimo razonable se aplique la tasa activa."
- Disidencias: No hubo disidencia; voto unánime.

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