CASTRO MARIA JUDITH C/ MARINO FERNANDO LUCAS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) -MP-
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito donde un automóvil impactó la bicicleta en la que viajaba el menor, produciéndole fractura de fémur y secuelas. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra el conductor y al titular registral del vehículo, rechazó la excepción de venta formulada por el titular, hizo lugar a la excepción de no seguro planteada por la compañía aseguradora y condenó a los demandados a pagar $41.677.746,00 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CASTRO MARIA JUDITH, por derecho propio y en representación de su hijo menor de edad Tiziel Ariel Castro.
Demandado: CATANEO OSCAR (conductor del automóvil RENAULT 12, dominio TOA659); MARINO FERNANDO LUCAS (titular registral del automotor); y se citó en garantía a FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 11/07/2022 a las 07:55 hs en Av. Frondizi, Chacabuco; se reclamó $16.000.000 más intereses por incapacidad física, lucro cesante, pérdida de chance, daño psíquico, tratamiento psicológico, gastos de farmacia/traslado y daño moral.
Decisión: Rechazó la excepción de venta/ falta de legitimación formulada por Marino; hizo lugar a la excepción de no seguro de la firma aseguradora (póliza anulada al 09/02/2022); y, en atención a las pruebas (pericia mecánica y periciales médicas y psicológicas), hizo lugar a la demanda imponiendo condena contra Cataneo y Marino por los rubros y montos individualizados, adicionando intereses y costas a cargo de los demandados vencidos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"De hecho la única existente es la mera manifestación del mismo y el ofrecimiento de un testigo, el cual nunca concurrió a prestar declaración, ni la parte impulsó su producción. [...] Por tanto, a falta de prueba en relación a la cuestión planteada, corresponde rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por el Sr Marino en su carácter de titular registral del automovil RENAULT 12 DOMINIO TOA659, debiendo ambos demandados, en su rol de dueño y guardián de la cosa riesgosa (art. 850 CCyC) responder, eventualmente, de manera concurrente..."
"La perito contadora ... informó: '... la póliza N.º 28517447 ... tenía vigencia desde el 30/12/2021 al 30/12/2022... Sin embargo, también he recibido la anulación de dicha póliza, por lo tanto, a la fecha del siniestro la misma no se encontraba vigente.... La póliza se encontraba anulada por falta de pago de las cuotas, desde el 09/02/2022'. ... En consecuencia, se rechazan las observaciones formuladas (arts. 384 y 474 del C.P.C.C.) y se hace lugar a la excepción de no seguro incoada por FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. (art. 345 inc. 3 del C.P.C.C.)."
"El perito informa: '... la bicicleta ... fue impactada por un automóvil que circulaba por detrás ... Por motivo de este contacto y por la diferencia de masas entre los móviles, la bicicleta pierde la estabilidad cayendo sobre la calzada y siendo arrollada por el automóvil -compatible con la deformación de ambas ruedas ... correspondiéndose también con el arrollamiento de la pierna derecha del menor Castro, que genera una compresión sobre el fémur, con entidad suficiente para provocar su fractura y desplazamiento...' ... Determina el experto que el accidente se pudo producir verosímilmente como señala la Sra Castro."
"Se encuentra así acreditada la maniobra indebida de parte de la demandada, en clara violación de la normativa vigente a la fecha del hecho, por lo que, no obrando prueba disimil tendiente a acreditar la interrupción del nexo objetivo ... la acción aquí interpuesta ... debe prosperar contra CATANEO OSCAR ... y contra MARINO FERNANDO LUCAS en su calidad de titular registral del automotor mencionado..."
Bloque dispositvo (FALLO):
"I. Rechazar la Falta de legitimación interpuesta por el demandado Marino, Fernando ...
II. Hacer lugar a la excepción de no seguro incoada por FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. ...
III. Haciendo lugar a la demanda incoada por CASTRO MARIA JUDITH ... condenando en consecuencia a estos últimos a abonar al actor Tiziel Ariel Castro las siguientes sumas ...: $29.493.986,00.
- por incapacidad física-psíquica; $3.113.760,00.
- por tratamiento psicológico; $70.000,00.
- por gastos de farmacia, tratamientos y traslados; $9.000.000,00.
- por daño moral ...
IV. A dichas sumas, deberán adicionarse los intereses señalados en el considerando 7 ...
V. Imponiendo las costas por la demanda receptada a los demandados que resultan vencidos..."
- Votos en disidencia: no constan votos en disidencia en el texto analizado.
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