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CHAZARRETA VIVIANA ELIZABETH S/ SUCESION AB-INTESTATO

El actor promovió declaración de herederos por fallecimiento de Viviana Beatriz Chazarreta reclamando la sucesión universal. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que el hijo Marcelo Sergio Aquino sucede como heredero universal, ordenando su inscripción.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Heredero universal Union de hecho Certificado de defuncion (16/04/2021) Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Codigo civil y comercial (arts. 2337 2424 2426) Registro de herederos Actor: marcelo sergio aquino Primera instancia / tribunal observaciones: no se individualiza el juez que suscribe la resolucion ni se precisa la existencia de opositores El fallo se funda en documentacion (certificado de defuncion y acta de nacimiento) y en la publicacion de edictos conforme art. 734 cpcc.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Marcelo Sergio Aquino. Demandado: Sucesión de Viviana Beatriz Chazarreta (fallecida). Objeto: Declaratoria de herederos y reconocimiento de Marcelo Sergio Aquino como heredero universal de Viviana Beatriz Chazarreta. Decisión: Se declaró que, por fallecimiento de Viviana Beatriz Chazarreta, le sucede en carácter de heredero universal su hijo Marcelo Sergio Aquino, disponiéndose su registro.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "AUTOS Y VISTOS: Estos obrados venidos para dictar declaratoria de herederos, y CONSIDERANDO: I.
- Que con el certificado de defunción acompañado en PDF con fecha 09/02/2026 , se acredita el fallecimiento de VIVIANA BEATRIZ CHAZARRETA, ocurrido el 16 de Abril de 2021.- II.
- Que la misma, era de estado civil soltera y, conforme certificado de nacimiento acompañado liminarmente en PDF, de su unión de hecho con SERGIO MARCELO AQUINO, tuvo un hijo: MARCELO SERGIO AQUINO.- III.
- Que mediante constancia electrónica acompañada en la pieza de despacho, consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 del C.P.C.C. y sobre cuyo resultado informa el actuario en este acto. Por ello: de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426 y conc. del Código Civil y Comercial, 735, 737 y conc. del C.P.C.C., se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de VIVIANA BEATRIZ CHAZARRETA, le sucede/n en carácter de universal heredero su hijo MARCELO SERGIO AQUINO . REGISTRESE." (No se consignan votos en disidencia ni otros fundamentos adicionales en el texto suministrado.)

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