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SCARANO DANIEL HONORIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicitó declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de Daniel Honorio Scarano. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos Camila y Matías Scarano y a la cónyuge Claudia Patricia Moreno, con declaración específica sobre bienes propios y remisión a la ley respecto de los gananciales.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Herederos universales Conyuge Hijos Bienes propios Gananciales Certificado de defuncion 01/10/2025 Publicacion de edictos 06/07/2026 Codigo civil y comercial (arts. 2337 2424 2426 2433)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Camila Scarano, Matías Scarano y Claudia Patricia Moreno (peticionantes de la declaratoria de herederos). Demandado: Sucesión de Daniel Honorio Scarano (causante), fallecido el 1 de octubre de 2025. Objeto: Declaratoria judicial de herederos ab-intestato. Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Daniel Honorio Scarano le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Camila y Matías Scarano y su cónyuge Claudia Patricia Moreno; a esta última se la declaró heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le reconoce respecto de los gananciales. Se ordenó su registro.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que con el certificado de defunción adjunto en pdf al escrito de fecha 27/05/2026, se acredita el fallecimiento de DANIEL HONORIO SCARANO ocurrido el día 1 de octubre de 2025.-" "Que éste era de estado civil casado con CLAUDIA PATRICIA MORENO con quien contrajo matrimonio con fecha 25 de marzo de 1983. (Partida anexada al escrito liminar)." "Que de dicha unión nacieron: CAMILA y MATIAS SCARANO. (Cfme. partidas de nacimiento agregadas al escrito de inicio)." "Que con los edictos agregados mediante constancia electrónica de fecha 6/07/2026 , consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. lºdel Código Procesal y sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto.-" "De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial , 735 y 737 del C.P.C.C. se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de DANIEL HONORIO SCARANO, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CAMILA y MATIAS SCARANO y su cónyuge CLAUDIA PATRICIA MORENO a quién también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.-REGISTRESE.-"

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