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HIDALGO ALFREDO ENRIQUE S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la inscripción de una Declaratoria de Herederos respecto de derechos sobre inmueble de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal hace lugar a la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada el 27/03/2025 y ordena la confección y diligenciamiento de los instrumentos pertinentes, condicionando trámites previos al cumplimiento de cargas fiscales y registrales.

Inscripcion de declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Inscripcion registral Nomenclatura catastral Tasa de justicia Impuesto al acto Cedula catastral Ley 6716 Resoluciones scba 1799/16 y 3997/20 Pago impuesto a la transmision gratuita de bienes.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Presentación realizada por la Dra. Florencia Carolina La Forgia, con intervención letrada de Eliana Mónica D´Giorno; Jimena Soledad; Matías Gonzalo; Lucas Sebastián Hidalgo, en representación de los peticionantes. Demandado: No corresponde identificar un demandado concreto en el presente incidente de inscripción de declaratoria de herederos. Objeto: Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en fecha 27/03/2025 respecto de los derechos que pudieran corresponder al causante en procesos sucesorios de su madre María Olga FALCON y de su padre Alfredo Florencio HIDALGO, respecto del bien inmueble con Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección D, Manzana 318, Parcela 12, Folio Nº3141 del año 1961 (LA MATANZA
- 70). Decisión: El Tribunal, "De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en data 27/03/2025" y ordena la expedición de los instrumentos pertinentes conforme a resoluciones de la SCBA, con su diligenciamiento conjunto o posterior al trámite sucesorio de los padres del de cujus. Asimismo impone requisitos y cargas previas relacionadas con impuestos, tasas, certificados catastrales y datos identificatorios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como obra en autos): "AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en data 27/03/2025 con relación a los derechos que le pudieran corresponder al causante de autos, en el proceso sucesorio de su madre María Olga FALCON caratulado 'BENFATTA ADRIAN ALEJANDRO Y OTROS S/ SUCESION AB-INTESTATO' LM
- 38815
- 2023 en trámite por ante este organismo y de su padre, Alfredo Florencio HIDALGO, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 10, Departamento Judicial de Morón, respecto del bien Inmueble, cuyo Informe de Dominio obra en autos y su Nomenclatura Catastral es: Circunscripción III, Sección D, Manzana 318, Parcela 12, inscripto su Dominio en el Folio Nº3141 del año1961 (LA MATANZA
- 70)." "A los fines indicados precedentemente, expídanse los instrumentos pertinentes en los términos dispuestos por la SCBA mediante Resoluciones 1799/16 y 3997/20; los que deberán diligenciarse de forma conjunta con los ordenados en el proceso sucesorio de los padres del de cujus o con posterioridad a los mismo; quedando a cargo del profesional actuante su confección (art. 36 del CPCC)." "PREVIAMENTE: A efectos de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la Ley 6716,y graduar el pago de la Tasa de Justicia y su Contribución (art. 337 del Código Fiscal y art. 12 inc. g) de la ley 6716), deberá acompañar valuación fiscal que contenga el valor del impuesto al acto -Leyes 14967 y 15311
- vigente al año en curso." Además el Tribunal dispone requisitos previos a todo trámite, entre ellos: denuncia de CUIT/CUIL/Clave de identificación; informes de cesión de derechos e inhibición expedidos por el Registro de la Propiedad Inmueble; impuesto al acto actualizado (cédula catastral); Cédula Catastral 10707 o certificado catastral; Declaración Jurada Patrimonial; pago de tasa de justicia y contribución; y, en su caso, acreditación del pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes (Ley 15479).

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