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CAMPIONE RAIMUNDA Y OTRO/A S/SUCESION AB-INTESTATO

Se ordenó la inscripción registral de las declaratorias de herederos y el convenio de partición respecto del inmueble ubicado en Av. Mosconi 1504 (tasación U$D 120.000). El Tribunal reguló definitivamente los honorarios de los profesionales intervinientes tomando como base regulatoria $90.901.200 y fijó la forma de notificación y exigencia de aportes legales.

Sucesorio Inscripcion registral Declaratoria de herederos Convenio de particion Regulacion de honorarios Jus Tasacion u$d 120.000 Base regulatoria $90.901.200 Ley 6716 Notificacion / cuit-cuil observacion: el fallo no consigna el nombre del juez que dicto la resolucion en el texto proporcionado Por ello figura como desconocido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: POLES RICARDO OSCAR y otra (actor en los autos conexos de división de herencia). Demandado: POLES NOEMI LILIANA (parte en los autos conexos). Objeto: Inscripción registral de las Declaratorias de Herederos (26/6/2012 y 11/12/2017) y del Convenio de Partición homologado el 5/12/2019 sobre el bien inmueble (local comercial Av. Mosconi 1504 PB, Lomas del Mirador) y regulación definitiva de honorarios de los profesionales intervinientes. Decisión: Se procedió a ordenar la inscripción de las declaratorias y del convenio de partición conforme art. 765 CPCC; se expidieron instrucciones para la confección de los instrumentos; y se regularon en forma definitiva los honorarios profesionales, fijando la base regulatoria en $90.901.200 (correspondiente al 50% de la tasación de U$D 120.000 convertida) y la distribución en JUS para los letrados intervinientes. Se ordenó además cumplimiento de requisitos formales (pago aportes, CUIT/CUIL, boleta de pago, notificaciones).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de las Declaratorias de Herederos dictadas en data 26 de junio de 2012 (causante Raimunda Campione) y 11 de diciembre de 2017 (causante Ricardo Poles) conjuntamente con el Convenio de Partición homologado en fecha 5/12/2019 en los autos conexos caratulados 'POLES RICARDO OSCAR Y OTRA C/ POLES NOEMI LILIANA S/ DIVISION DE HERENCIA/CESE DE INDIVISION' Expte. LM-43109-2018 con relación al (1/1 ganancial) del bien Inmueble, cuyo Informe de Dominio obra en autos y su Nomenclatura Catastral es: Circunscripción II, Sección M, UF 3, Manzana 33, Parcela 1, Subparcela 3, inscripto su Dominio en la Matrícula N°81782/3, (LA MATANZA
- 70) Antecedente Dominial Leg. N°58838 (70)." "En este sentido, se deja constancia que la cotización Dólar Estadounidense (en pesos -con dos decimales-, base Tipo de Cambio Minorista, al día anterior a la presente resolución, esto es el día 18/8/2026, es de $1.515,02 (cfr. página web del BCRA https://www.bcra.gob.ar/principales-variables), conforme informa el Sr. Actuario en este acto (art. 116 del CPCC)." "Sentado ello, a efectos de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes en mérito e importancia de las tareas desarrolladas en autos y en forma definitiva de la siguiente manera: ... Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria la suma de $90.901.200 (Compuesta por el 50% que transmite la causante de la tasación que asciende a U$D120.000 y/o su equivalente en pesos que asciende a $181.802.400) ..." "Téngase por cumplido con la integración de la Tasa de Justicia y su Contribución (art. 337 inc. f) del Cód. Fiscal; art. 12 inc. g) de la ley 6716. Hágase saber que deberá encontrarse agregada la boleta de pago de los Aportes de Ley y manifestar la letrada interviniente si ha percibido sus honorarios, en forma previa a todo trámite (arts. 21 inc. 1º y 22 de la ley 6716). Con idéntico carácter PREVIO a todo trámite, hágase saber que deberá darse cumplimiento con la Resolución de la SCBA 432/00 y Dec. 387/00, debiendo denunciarse en autos CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA -CUIT-, CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION LABORAL -CUIL
- O CLAVE DE IDENTIFICACION."

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