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RODRIGUEZ RICARDO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Petición sucesoria declarativa de herederos por fallecimiento de Ricardo Rodriguez. El Tribunal declaró por derecho que suceden como herederos universales los hijos Ricardo Raúl y Alberto Enrique Rodríguez y la cónyuge supérstite Elena Susana Masia, y cesó la intervención del Ministerio Fiscal.

Sucesion Declaracion de herederos Herederos universales Conyuge superstite Hijos Codigo civil y comercial arts. 2424/2426/2433 Cpcc arts. 735/737 Intervencion ministerio fiscal Edictos Fallecimiento 24/07/2017.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: No consta expresamente en el texto remitido; surge que se actuó a instancia de interesados por la declaración sucesoria (se identifican como sucesores los hijos Ricardo Raúl y Alberto Enrique Rodríguez y la cónyuge Elena Susana Masia). Demandado: No corresponde / no consta parte demandada específica. Objeto: Se solicitó la declaración de herederos por el fallecimiento de Ricardo Rodriguez (actuación sucesoria). Decisión: Se declaró que, por el fallecimiento de Ricardo Rodriguez (24/07/2017), le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Ricardo Raúl y Alberto Enrique Rodríguez y su cónyuge supérstite Elena Susana Masia; además se la declaró heredar en cuanto a los bienes propios, con preservación de los derechos que la ley le asigna respecto de los bienes gananciales. Se cesó la intervención del Ministerio Fiscal y se ordenó registro y notificación automatizada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Ricardo Rodriguez, ocurrido el día 24 de Julio de 2017.-" "Que el causante contrajo matrimonio con Elena Susana Masia, en fecha 29 de Diciembre de 1960 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 20/08/2025).-" "Que de esa unión nacieron Ricardo Raul Rodriguez, el día 18 de Febrero de 1965 y Alberto Enrique Rodriguez, el día 14 de Octubre de 1966 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 20/08/2025).-" "Que con la constancia de fecha 14/07/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-" "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Ricardo Rodriguez le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Ricardo Raul y Alberto Enrique Rodriguez y Masia y su cónyuge supérstite Elena Susana Masia, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC).3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"

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