FANTI HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Fanti promovió demanda contra la A.N.Se.S. solicitando el recálculo y reajuste del haber inicial de su prestación y el pago de retroactivos. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber y pagar las diferencias con intereses desde el 16/04/2021, declaró aplicables excepciones de prescripción y, en caso de merma superior al 15%, la inconstitucionalidad de los arts. 26 (ley 24.241) y 9 (ley 24.463).
¿Quién es el actor?
FANTI HORACIO.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo del haber previsional inicial (beneficio otorgado bajo ley 24.241), aplicación de pautas de movilidad, eliminación de topes máximos indebidos, y pago de sumas retroactivas con intereses; impugnación de normas que limitarían integralidad y proporcionalidad del haber. Reclamo administrativo de reajuste interpuesto el 16/04/2023. Fecha de adquisición del derecho del actor: 28/08/2016 (pens. nro. 15593934240).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial según las pautas fijadas en los considerandos y abonar las diferencias retroactivas con intereses desde el 16/04/2021 (dos años previos al reclamo administrativo). Se hizo lugar a la excepción de prescripción por los créditos anteriores a los dos años. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 en la medida en que su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto del haber recalculado. Costas a la demandada vencida. Se difirió regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (citas textuales relevantes):
"La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados."
"A fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'."
"En virtud de lo expuesto, corresponde declarar inaplicables la Res. 56/18 y el decreto 807/16 en su caso, y disponer la aplicación del mismo índice previsto ... (ISBIC) hasta el 28/02/2009; a partir del 01/03/2009 se aplicarán las pautas de actualización establecidas en el art. 2º de la ley 26.417..."
"Corresponde declarar la inconstitucionalidad de la mencionada norma [art. 26 ley 24.241] para el caso en que su aplicación conduzca a una merma en el haber jubilatorio de la parte actora que resulte confiscatoria..."
Sobre intereses y retenciones: "A las diferencias generadas a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses que se calcularán desde que cada suma fue debida... conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina." y "declarar exentas de dicha retención a las retroactividades que surjan en favor de la parte actora" respecto del impuesto a las ganancias.
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el texto de la parte dispositiva; la resolución final es la que aquí se transcribe y prevalece.
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