ROCHA SILVIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSeS por reajustes varios vinculados a la Prestación Básica Universal (PBU) y otros rubros previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia recurrida, diferió para ejecución el tratamiento de la actualización de la PBU y del cuestionamiento por topes, dejó sin efecto el diferimiento respecto de la ley 27.609 y confirmó las costas y honorarios fijados conforme a lo razonado.
¿Quién es el actor?
ROCHA, Silvia Graciela.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios, entre ellos la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial, impugnación de la aplicación de topes de haberes (art. 9 Ley 24.463) y planteos relativos a la ley 27.609; además cuestionamientos sobre la aplicación del art. 14.2 Res.SSS 6/09, prescripción, impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo materia de agravios; difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del planteo sobre la actualización de la PBU y el cuestionamiento por aplicación de topes de haberes; dejó sin efecto el diferimiento respecto de la ley 27.609; confirmó la decisión relativa a costas en la instancia de grado y las costas por su orden en la Alzada; determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se fije para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (se transcriben párrafos relevantes del fallo):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re 'Actis Caporale' Fallos 323:4216."
"En el sentido de lo expuesto, ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada [ley 27.609], toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, ... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia o salvados: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" sobre la cuestión de inconstitucionalidad de la ley 27.609, remitiendo a lo sostenido en autos “WALD Alicia Graciela c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS” (Expte. Nº 26695/2024), y proponiendo diferir su tratamiento para la etapa de ejecución; esa posición fue expresada como salvado, pero la decisión mayoritaria difiere el tratamiento conforme al dispositivo.
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