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SANCHEZ GABRIELA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241 por servicios mixtos. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, admitió la prescripción parcial opuesta por la demandada y ordenó el recálculo del haber y pago del retroactivo conforme las pautas fijadas, con liquidación y ejecución en forma posterior.

Seguridad social Reajuste previsional Ley 24.241 Pbu Ley 27.609 Prescripcion administrativa Recalculo de haber Retroactivos Doctrina makler/volonte Confiscatoriedad

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SANCHEZ GABRIELA NOEMI. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-1164647-0-3) conforme la ley 24.241 por servicios mixtos; se impugnan disposiciones legales y se solicita recalculo del haber y retroactivos. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se admitió la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, se ordenó a la ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme, se impusieron las costas en el orden causado y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): 1) "En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. Art. 4 de la ley 27.609), procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto. Ello por cuanto, la parte actora no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho.-" 2) "En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones expuestas y a lo peticionado por la parte actora, corresponde la aplicación de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a partir del caso 'Volonté' del 28/3/85 y 'Makler, Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463' del 20.05.03 donde se buscó hallar un método respetuoso de la intención del legislador, cuando creó distintas categorías para trabajadores autónomos, que permitiera mayores ingresos a quienes efectuaron mayores aportes durante su vida útil." 3) "A la luz de lo reseñado, y ante la carencia de indicadores adecuados que permiten llegar a la convicción de la falta de razonabilidad de los preceptos en crisis, no se configura en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir la demanda... En este sentido, la sustitución del mecanismo de movilidad por otro de diferente naturaleza no irroga agravio constitucional alguno, pues no existe un derecho adquirido al mantenimiento de las leyes y reglamentaciones."
- Sobre confiscatoriedad y metodología práctica: el juez ordena aplicar la metodología indicada en los considerandos para determinar la "Merma Cuantificada" y el porcentaje de confiscatoriedad, y advierte que "El haber recalculado ... en ningún caso podrá exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo (conf. CSJN in re: 'Villanustre Raúl Félix' ... 'Mantegazza, Ángel Alfredo c/ Anses')" por lo que el análisis final se concretará en ejecución.
- No hay votos en disidencia en la sentencia de primera instancia.

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