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ALVAREZ, GASTON VICTOR s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)

Solicitud de inscripción de inhabilitación electoral contra Gastón Víctor Álvarez por pena de prisión. El Juzgado Federal declaró procedente la inhabilitación y ordenó excluirlo del Subregistro Electoral e incorporarlo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos hasta el 29/09/2026, por computo de pena remitido por el Juzgado de Ejecución.

Inhabilitacion electoral Subregistro de electores Exclusion C.e.n. art. 3 y 4 Computo de pena Condena penal Secretaria electoral Registro electoral Derechos electorales Juzgado federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Actuación iniciada por oficio del Juzgado de Ejecución de Primera Circunscripción de La Pampa y gestionada ante la Secretaría Electoral de este Juzgado Federal. Demandado: ALVAREZ, GASTON VICTOR, matrícula N° 33.169.403. Objeto: Asentar la inhabilitación para el ejercicio de los derechos electorales y su inscripción en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito, por condena penal informada. Decisión: Se hizo lugar a la inscripción de la inhabilitación de Gastón Víctor Álvarez hasta el 29/09/2026 y se ordenó su exclusión del Subregistro Electoral del Distrito e incorporación al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "Que las presentes actuaciones reconocen su origen con el Oficio de comunicación de sentencia que luce agregado a fs. 2 remitido por el Juzgado de Ejecución de Primera Circunscripción de La Pampa, por la cual se condenó al ciudadano ALVAREZ GASTON VICTOR, matrícula N° 33.169.403 a la pena de 4 meses de prisión." "Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 29 de septiembre de 2026." Texto del pronunciamiento dispositvo: "1°) INHABILITAR a ALVAREZ GASTON VICTOR, matrícula N° 33.169.403 para el ejercicio de sus derechos electorales hasta 29/09/2026. 2°) EXCLUIRLO del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) e incorporarlo Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito. Regístrese, notifíquese, publíquese, cúmplase y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución fue dictada por el Juez Federal interviniente.

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