DOMENECH, GIANNINA GABRIELA c/ EN - M DEFENSA - FUERZA AEREA s/EMPLEO PUBLICO
La actora demandó al Estado Nacional - Ministerio de Defensa (Fuerza Aérea) solicitando su reincorporación o indemnización por entender que su designación transitoria encubría un puesto permanente. La Cámara rechazó el recurso de la actora, hizo lugar al recurso de la demandada y modificó la distribución de costas imponiendo a la actora las costas de ambas instancias.
¿Quién es el actor?
Giannina Gabriela Domenech (actora).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea Argentina.
- Objeto de la demanda: Se solicitó la revocación del cese de la designación transitoria, la reincorporación de la actora a planta permanente o, subsidiariamente, el pago de una indemnización sustitutiva; además se invocaron protección por licencia médica, acoso y discriminación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora, hizo lugar al recurso de la demandada en cuanto a la impugnación sobre costas y, en consecuencia, modificó la sentencia de primera instancia únicamente en lo relativo a la distribución de costas conforme al considerando VIII; se impusieron las costas a la parte actora vencida (art. 68, primer párrafo del CPCCN).
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "En definitiva, esa crítica concreta y razonada debe ser autosuficiente en relación con el pronunciamiento apelado y debe constituir un estudio de los razonamientos contenidos en aquél, demostrando las equivocadas deducciones, inducciones y conjeturas sobre las cuestiones resueltas ... Pues, aun cuando corresponda observar un criterio amplio para juzgar la suficiencia de una expresión de agravios, ... ello no puede conducir al extremo que implique, en los hechos, derogar la norma que impone la carga específica concerniente a la suficiencia y aptitud de fundamentación que debe contener la expresión de agravios."
- "En este entendimiento, se advierte que la recurrente no ha rebatido los fundamentos de la sentencia apelada, en particular, el hecho de que no había mediado una desviación de poder por parte de la demandada, así como que no se ha configurado una situación de violencia laboral o discriminación."
- "De este modo, como pauta general, la norma mencionada consagra el principio rector en materia de costas, el cual encuentra su razón de ser en el hecho objetivo de la derrota ... En la especie, la pretensión del actor no ha prosperado en ninguno de sus puntos y ha resultado perdidoso en el asunto traído a juzgamiento. Por ello, al no advertirse en la especie una circunstancia objetiva que justifique apartarse de principio objetivo de la derrota, ha de concluirse que asiste razón a la recurrente, correspondiendo que la actora cargue con las costas del juicio."
Disidencias relevantes:
- No se registra voto en disidencia; el Dr. José Luis Lopez Castiñeira adhiere al voto del vocal preopinante y el acuerdo final corresponde a la mayoría expresada.
Hechos y fechas relevantes:
- Ingreso de la actora: 1/11/2015 bajo régimen art. 9 ley 25.164.
- Duración del vínculo: 3 años y 1 mes; cese notificado al 31/12/2018.
- Recurso de apelación de la actora interpuesto: 01/04/2026; agravios expresados 23/04/2026. Recurso de la demandada interpuesto: 26/03/2026; agravios 08/04/2026.
- Fecha de la resolución: 20/08/2026.
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