GODOY ROBERTO SALVADOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Godoy demandó a ANSeS por reajustes varios del haber previsional y aplicación de topes y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, modificó parcialmente la sentencia: revocó la aplicación de la diferencia porcentual sobre los haberes de enero y febrero de 2021, difirió el análisis de los topes para la ejecución y confirmó el resto de la decisión y las costas.
¿Quién es el actor?
GODOY ROBERTO SALVADOR.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, determinación del haber inicial (incluida la Prestación Básica Universal), impugnación de aplicación de topes, cuestionamiento de índices y parámetros de actualización, retención del impuesto a las ganancias, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría se revocó lo ordenado en la instancia de grado respecto de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados en 2020; se difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (con costas por su orden en la alzada) y se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. Protocolícese y notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) “Por ello el Tribunal, por mayoría RESUELVE: 1.
- Revocar lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto ordena aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609
- la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos suspendidos y los abonados durante el año 2020 por ese concepto. 2.
- Diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes de conformidad a lo expuesto precedentemente. 3.
- Confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado de conformidad a lo indicado en los considerandos precedentes, que impuso las costas al vencido conforme al art. 68 del C.P.C.C.N. ... 4.
- Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios, con el fundamento y alcances indicados precedentemente. 5.
- Costas por su orden en la Alzada ... 6.
- Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior...”
2) “Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.”
3) “En consecuencia se confirma el índice establecido en la instancia de grado.” (sobre índice aplicado a la PBU)
4) “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”
- Voto en disidencia relevante: El expediente señala que el Dr. Juan A. Fantini Albarenque “deja a salvo su opinión...”, y las firmas consignan “(en disidencia parcial)”. La decisión mayoritaria es la transcripta arriba; la disidencia no modifica lo resuelto por mayoría y queda como salvaguarda de opinión del mencionado juez.
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