FUENTES LORENA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales por actualización de remuneraciones y prestaciones conexas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia recurrida y rechazó los agravios contra el método de actualización y la declaración de inconstitucionalidad peticionada, imponiendo costas y fijando honorarios del 30% para la letrada de la actora.
¿Quién es el actor?
FUENTES LORENA BEATRIZ (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: impugnación de la actualización de remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial y demás reclamos conexos (reajustes varios), plus impugnaciones a normas (petición de inconstitucionalidad de artículos de leyes y resoluciones), exención del impuesto a las ganancias, descuentos de obra social, plazo de cumplimiento y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social
- Sala I confirmó la sentencia recurrida en cuanto decide y fue materia de agravios. Se hicieron costas por su orden en la Alzada y se determinaron honorarios para la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que estipule la instancia anterior. (Decisión conforme al bloque dispositivo transcripto arriba.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes."
"Que no ha de prosperar la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 que remite a su art. 9, si, como acontece en el sub examine, las remuneraciones cotizadas después del mes de julio de 1994, desde el cual rigió el límite de aportes previsto por el citado art. 9 (...) fueron inferiores a dicho tope, lo que torna inaplicable las mentadas disposiciones."
"Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Votos o disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones" y en el texto expresa su criterio respecto de la actualización (señalando que, atento a que las remuneraciones son posteriores a marzo de 2009, corresponde rechazar los agravios porque el actor no demostró perjuicio concreto), pero la decisión que prevalece es la acordada por mayoría que confirmó la sentencia.
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