LIDERAR COMPAÑÍA GENERAL DE SEGUROS S.A. S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) EN GRIMALDI, ANDRES GUILLERMO Y OTRO C/ TITO, DAMIAN Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/ LES. O MUERTE) (EXPTE. N° 56712/2020)
Metrovías SA interpuso queja por recurso de inconstitucionalidad denegado respecto de una multa de $161.590 impuesta por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores. El Tribunal Superior de Justicia declaró desistido el recurso por incumplimiento del depósito requerido en el plazo perentorio establecido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Metrovías SA Demandado: Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA) Objeto del reclamo: Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado contra la sentencia de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo que rechazó el recurso directo interpuesto contra la resolución 264/2019 del EURSPCABA, que sancionó a Metrovías con una multa de $161.590 por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en distintas estaciones de la línea E de subterráneos durante abril de 2018. Decisión del Tribunal: Se declaró desistido el recurso de queja de Metrovías SA, conforme lo dispuesto en el artículo 34 de la ley 402 y artículo 139 del CCAyT. Fundamentos principales: "La parte recurrente fue intimada a cumplir, en el plazo de cinco días, con el depósito que prevé el artículo 34 de la ley 402, bajo apercibimiento de declarar desistido el recurso (v. providencia del 22-05-2026, punto 2). La providencia fue debidamente notificada el 22-05-2026 (v. cédula 320972/2026). El plazo para cumplir con lo indicado en la intimación cursada transcurrió sin que la quejosa acreditara la integración del depósito." "En consecuencia, toda vez que se trata de un plazo perentorio de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 139 primer párrafo del CCAyT y la reiterada jurisprudencia del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la ley 402, corresponde hacer efectivo el apercibimiento y declarar desistido el recurso de queja interpuesto por Metrovías."
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