Logo

METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES

Metrovías SA interpuso recurso extraordinario federal contra la regulación de honorarios profesionales dictada por el Tribunal Superior de Justicia. El Tribunal rechazó el recurso por ausencia de cuestión federal que habilite la intervención y por versar sobre interpretación de normas locales ajena al trámite extraordinario.

Regulacion de honorarios Recurso extraordinario federal Honorarios profesionales Abogado apoderado Abogado patrocinante Relacion directa Honorarios del abogado Cuestion no federal Contestacion del traslado Interpretacion de normas y actos locales

Actor: Metrovías SA Demandado: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (a través de la sentencia de 17-12-2025) Objeto del recurso: Impugnación de la sentencia que reguló los honorarios de la abogada Milena Rendich en 30 UMA por su actuación en doble carácter (letrada patrocinante y apoderada del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) al contestar un recurso extraordinario federal previo.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia denegó el recurso extraordinario federal con costas a la vencida y mandó registrar, notificar y reservar las actuaciones en Secretaría hasta la regulación de honorarios profesionales. Fundamentos principales de la decisión: "Corresponde denegar el recurso extraordinario federal intentado toda vez que la recurrente no demuestra la configuración en el caso de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN (conf. art. 14 de la ley 48)." "Los agravios de Metrovías están orientados a obtener la revisión de la regulación de honorarios por el patrocinio y representación letrada de la parte demandada ante esta instancia, al contestar el recurso extraordinario federal. La recurrente afirma que la decisión de este Tribunal violó la garantía del debido proceso, sus derechos de defensa y de propiedad, y los principios de legalidad y razonabilidad; sin embargo, no acredita la relación directa que habría entre lo resuelto y los derechos y garantías que invoca." "Por otra parte, la discusión que pretende llevar a consideración de la CSJN versa sobre la interpretación de normas locales (no tachadas de inconstitucionales) y la valoración de las constancias del expediente, todo lo cual resulta propio de los jueces de la causa y en principio ajeno al trámite del recurso intentado (Fallos: 295:548, 300:468, 301:449, 302:175, 330:4770, entre otros)." "La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, ni corregir fallos equivocados (Fallos: 324:3421, 324:3494, 330:3409, entre otros), sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional en los que, deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impidan considerar el pronunciamiento de los jueces ordinarios como la sentencia fundada en ley a que hacen referencia los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional (Fallos: 312:246, 344:3689, entre otros)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar