ALFARO QUISPE HEDDYT VICTORIA c/ ANSES s/PENSIONES
La actora demandó a la ANSeS solicitando pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa y ordenó a la ANSeS otorgar la pensión y los haberes retroactivos dentro de 30 días, admitiendo además la excepción de prescripción en los términos indicados.
¿Quién es el actor?
ALFARO QUISPE HEDDYT VICTORIA.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la Resolución RGB-B 00348/24 que desestimó su pedido de pensión derivada por fallecimiento del cónyuge (Sr. Claudio José Quiroga), solicitando que se le reconozca la pensión aplicando la doctrina que considera aportante irregular con derecho.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa y se ordenó a la ANSeS que, en el plazo de 30 días, otorgue el beneficio de pensión a la actora con las sumas retroactivas correspondientes; se admitió la excepción de prescripción en los términos señalados; se impusieron las costas a la parte demandada y se difirió la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"IV.
- Cabe destacar que el extinto nació el 09/10/1972 y falleció el 25/01/2016 a los 43 años de edad y acredita 13 años, 6 meses y 5 días de aportes al sistema (v. cómputo ilustrativo obrante en el expediente administrativo); por lo tanto, se advierte que aportó al sistema durante más de la mitad de su vida activa. En tal sentido, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha propiciado una interpretación amplia del Decreto 460/99, a partir del precedente “Tarditti” (Fallos: 329:576), en el que ha dicho que la regularidad de los aportes no debe ser evaluada sobre la base de considerar sólo un período laboral que no pudo ser completado por la muerte del causante, sino que debe ser valorada de modo proporcional con los lapsos trabajados y el período de afiliación (Pinto, Ángela Amanda c/ANSeS s/ pensiones, Sent del 06/04/10 ...)."
"Por lo expuesto, corresponde hacer lugar a la acción entablada considerando al causante aportante irregular con derecho y ordenando a la ANSeS el otorgamiento del beneficio de pensión solicitada."
"V.
- En cuanto a la excepción de prescripción opuesta por la demandada en los términos del art. 82 inc. 2º de la ley 18.037, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a un año previo a la interposición del reclamo administrativo de otorgamiento del beneficio."
"VII.
- Respecto de las costas, cabe tener en cuenta el criterio sentado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “MORALES, BLANCA AZUCENA c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO”, ... sentencia de fecha 22/06/2023, ... corresponde imponer las mismas a la parte demandada."
- Disidencias: No registra voto en disidencia; la resolución es dictada por la Jueza Federal Alicia I. Braghini y el bloque dispositivo final es el que se implementa.
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