Logo

DI BENEDETTO, DANIELA PAULA c/ EN-M CAPITAL HUMANO-LEY 25164 s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió amparo en el marco de la Ley 16.986 solicitando regulación de honorarios. La Cámara confirmó la regulación de honorarios apelada de fecha 4/2/2026, por entender que fue practicada conforme a derecho (arts. 16, 20, 48 y 51 de la ley 27423 y Resol. SGA 1785/2026).

Amparo Regulacion de honorarios Ley 16.986 Ley 27423 Resol. sga 1785/2026 Iva Camara contencioso administrativo federal Sala v Confirmacion Honorarios


¿Quién es el actor?

DI BENEDETTO, DANIELA PAULA.

¿A quién se demanda?

EN-M CAPITAL HUMANO.
- Objeto de la demanda: Amparo (Ley 16.986) vinculado a la regulación de honorarios practicada en la instancia anterior.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación de honorarios apelada y de fecha 4/2/2026, por haberse practicado conforme a derecho. Se deja constancia además de que la Vocalía Nro 15 de la Sala se encuentra vacante y se ordenó registrar, notificar y devolver los autos a la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada en la anterior instancia por la dirección letrada de la parte actora, Dra. Macarena Di Giacomo, corresponde confirmar la regulación de honorarios apelada y de fecha 4/2/2026, toda vez que la misma ha sido practicada conforme a derecho (arts. 16, 20, 48 y 51 de la ley 27423 y la Resol. SGA 1785/2026)." "Cabe dejar aclarado que en el importe establecido precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago." (Se dejó constancia asimismo:) "Se deja constancia de que la Vocalía Nro 15 de esta Sala se encuentra vacante (Art. 109 del R.J.N)"
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el texto remitido.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar