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Incidente Nº 28 - IMPUTADO: OTAÑO, MARCELO GUSTAVO s/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL

El condenado Marcelo Gustavo Otaño solicitó libertad condicional y colocación de dispositivo de monitoreo GPS. La Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3, juez firmante) concedió la libertad condicional desde la fecha, con monitoreo electrónico y condiciones de conducta incluidas, por encontrarse satisfechos los requisitos legales y pronóstico favorable de reinserción social.

Libertad condicional Monitoreo electronico Gps Art. 13 codigo penal Ley 24.660 Ejecucion penal Pronostico de reinsercion social Tratamiento psicoterapeutico Dapbve Dcaep

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa técnica de Marcelo Gustavo Otaño (peticionante de libertad condicional). Demandado: Tribunal de Ejecución / Ministerio Público en cuanto parte interesada (se tramita incidente de ejecución penal). Objeto: Concesión de libertad condicional anticipada y condiciones para su otorgamiento (colocación de dispositivo de geolocalización y supervisión y tratamiento psicoterapéutico). Decisión: Se concedió la libertad condicional a Marcelo Gustavo Otaño a partir de la fecha, condicionada a la implementación de un dispositivo electrónico de control (GPS) y al cumplimiento de una serie de reglas de conducta y obligaciones de supervisión y tratamiento; se impusieron condiciones específicas y se ordenó la intervención de DAPBVE y DCAEP para su supervisión y notificación a las víctimas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de párrafos relevantes): "Ahora bien, llegado el momento de tomar una decisión, estoy en condiciones de adelantar que, en coincidencia con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, la soltura anticipada del condenado Marcelo Gustavo Otaño resulta procedente. Veamos las razones." "Para ello tuvo en cuenta también los informes elaborados por los miembros integrantes del Consejo Correccional de la Unidad Residencial nro. II del Complejo Penitenciario Federal nro. II de Marcos Paz, donde al unísono la totalidad de las áreas que componer dicho cuerpo colegiado votaron de manera positiva, siguiendo la línea de las Actas nros. 105/2023 y 215/2023 y que luego ratificaron el acta nro. 210/2024, en la medida que destacaron nuevamente que el causante reviste un pronóstico de reinserción social favorable." "Por lo que a fin de suplir este requerimiento, dispóngase que el nombrado comparezca a la sede del Tribunal el primer día hábil de recuperada la liberad (martes 19 de noviembre) con el objeto de hacerle saber las condiciones del beneficio otorgado, que suscriba el acta compromisoria respectiva y que -inicialmente
- concurra cada quince (15) días al tribunal hasta el agotamiento de la pena impuesta, ello claro está, sin perjuicio de la supervisión encomendada a los otros organismos."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; la resolución fue redactada y firmada por el juez de cámara habilitado para la ejecución.

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