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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MOCER , CAMILO Y OTRO s/ENTORPECIMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS (ART.194) y ROBO DAMNIFICADO: TELECOM

Condenan a Diego Hernán Gerardo Debenedetti por robo en grado de tentativa y por interrupción del servicio público de comunicaciones telefónicas. La Cámara —en sentencia por juicio abreviado— impuso nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas, fundando en la admisión de los hechos, acreditación probatoria y la concurrencia de agravantes y atenuantes.

Robo en grado de tentativa Interrupcion servicio publico Telecom Juicio abreviado Pena nueve meses Coautoria Costas Cppn art. 431 bis San martin Dano a servicios publicos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal Federal Subrogante Dr. Santiago Marquevich. Demandado: Diego Hernán Gerardo Debenedetti (DNI 28.152.219). Objeto: Se le atribuye haber cortado y sustraído cables telefónicos propiedad de Telecom Argentina S.A., causando la interrupción del servicio de telefonía fija e internet en al menos 32 domicilios, hecho ocurrido el 20/12/2022 en Boulogne, partido de San Isidro. La calificación fue por robo en grado de tentativa en concurso ideal con interrupción de servicio público de comunicaciones telefónicas, en calidad de coautor. Decisión: Se condenó a Diego Hernán Gerardo Debenedetti a la pena de nueve (9) meses de prisión de efectivo cumplimiento y al pago de las costas del proceso; se lo intimó a pagar las costas dentro de los cinco días de que la sentencia adquiera firmeza y se ordenó comunicar el pronunciamiento al Tribunal en lo Criminal n° 2 de San Martín donde tramita otra causa contra el mismo imputado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "Se consignó allí que la fuerza ejercida sobre los cables mencionados provocó la interrupción del servicio de telefonía e internet en al menos 32 domicilios de la zona." "La presente investigación reconoce su punto de partida el 20 de diciembre de 2022 a partir de las actuaciones labradas por el personal de la Comisaría 3ra de San Isidro." "A partir de las diligencias ordenadas durante la pesquisa, se acreditó que los cables sustraídos por los imputados pertenecían a la empresa Telecom Argentina S.A. y que, como consecuencia del corte efectuado por Debenedetti y Mocer, se vieron afectados 32 usuarios de dicha compañía por la interrupción del servicio de telefonía fija e internet." "En tal sentido, entiendo que Diego Hernán Gerardo Debenedetti deberá responder como coautor del delito de robo en grado de tentativa en concurso ideal con el de interrupción de servicio público de comunicaciones telefónicas (art. 42, 45, 164 y 197 del Código Penal de la Nación) tal como figura en el requerimiento de elevación a juicio." Sobre la graduación de la pena: "Dentro de esa franja... corresponde analizar si la pena que acordaron la defensa y la acusación pública resulta adecuada... Al respecto, como atenuante se valora su nivel de educación, su situación laboral al momento de los hechos y que tiene a su cargo tres hijos... Como agravante he de valorar la extensión del daño y los antecedentes penales del imputado... considero adecuado aplicar una pena de nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas del proceso."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la parte resolutiva final y las firmas reflejan decisión unipersonal del Juez de Cámara.

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