Incidente Nº 21 - IMPUTADO: YBAÑEZ ACHAVAL, MARCELA ALEJANDRA s/Audiencia de Debate con Tribunal unipersonal (Arts. 55, inc. A, y 294)
Juicio oral por transporte de estupefacientes: se condenó a la coautora por traslado de 14,575 kg de cocaína. El Tribunal condenó a Marcela Alejandra Ybañez Achával a 4 años y 6 meses de prisión efectiva, multa de 45 unidades fijas e inhabilitación, por entender acreditada su participación como puntera en el transporte; además ordenó el decomiso de celulares, dinero y el vehículo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Josefina Martínez Vázquez, fiscal auxiliar.
Demandado: Marcela Alejandra Ybañez Achával (imputada).
Objeto: Juicio penal por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c de la ley 23.737), en carácter de coautora, por el transporte y ocultamiento de 14,575 kilogramos de cocaína el 15/02/2024.
Decisión: Se condenó a Marcela Alejandra Ybañez Achával a la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión efectiva, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; se ordenó el decomiso de los elementos secuestrados (teléfonos indicados, sumas de dinero —remanente $840.000 menos $130.000—, $94.000, U$105, un Iphone 14 pro max y el automóvil VW Gol Trend dominio AB 591 XV), se rechazó el pedido de prisión domiciliaria y se difirió la regulación de honorarios de la defensa. (Ver dispositivo transcripto en la parte resolutiva).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Las pruebas me han llevado a determinar que, ambos vehículos salieron el día 13 de febrero del corriente año, con idéntico recorrido, el VW Gol Trend de Andrea y el Toyota Etios alquilado por la imputada por el término de 5 días-termino que resulta excesivo para la travesía, puesto que supera la extensión del recorrido y su regreso
- o sea hasta el día 18 de febrero. Conforme constancias de la empresa propietaria del rodado, su recorrido en ese período fue de 3270 km. No se ha acreditado en esta audiencia la actividad comercial de Marcela Ybáñez, relacionada con la comercialización de cubiertas, y por uso expreso del sentido común se advierte que ambos automóviles cuentan con poco espacio para el transporte o traslado de mercadería voluminosa, como los son las cubiertas o neumáticos."
"A través de los análisis realizados a los teléfonos incautados, en ambos procedimientos, quedó establecido en el primero de ellos (15/02/24) que la imputada y su hermana se desplazaron en un mismo recorrido, con diferencia mínima de impactos de ubicación, estos son coincidentes, es determinante que la permanencia en la Localidad fronteriza de Aguas Blancas es similar."
"Por todo ello, y la prueba rendida, es del caso establecer que Marcela Alejandra Ybañez Achával es penalmente responsable del hecho delictivo por el cual fue acusada por la Fiscalía en este juicio."
"Por todo ello resulta justificado aplicar a Marcela Alejandra Ybáñez Achával la pena de 4 años y 6 meses de prisión efectiva, multa mínima de 45 unidades fijas, e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena en orden al delito de transporte de estupefacientes en carácter de coautora por el cual fue declarado responsable."
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la sentencia es unipersonal y la parte resolutiva expone la decisión del Tribunal.
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