Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FLORES, MARTIN OSCAR Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
Juicio abreviado por tenencia de 1.590 g de marihuana; el Tribunal homologó el acuerdo y condenó a Tatiana Caytano y Martín Flores por tenencia simple (art. 14 Ley 23.737), imponiendo penas de 3 años de prisión en ejecución condicional, multa de $225, reglas de conducta y destrucción de la droga.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscalía General Auxiliar / Fiscal Auxiliar Dr. Mariano Sánchez; intervención de la Dra. Andrea Withy).
Demandado: Martin Oscar FLORES (DNI 28.403.364) y Tatiana Ester CAYTANO (DNI 33.407.788).
Objeto: Procedimiento de juicio abreviado por el hallazgo y transporte/tenencia de 1.590 gramos de marihuana en tres frascos contenidos en una encomienda enviada desde Posadas a Comodoro Rivadavia (expte. FCR. 2303/2020/TO1).
Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a ambos imputados como autores penalmente responsables del delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primera parte, ley 23.737) y se les impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, multa de $225 y costas; se impusieron reglas de conducta por dos años (mantenimiento de domicilio y teléfono, control ante DCAEP, prohibición de tenencia de armas y cumplimiento de Reprocann en relación a estupefacientes; prohibición de cometer nuevos delitos por cuatro años); se dispuso la destrucción de la droga y devolución de efectos no vinculados, y el levantamiento de medidas una vez abonada la multa y costas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos del fallo):
"Por otra parte, las declaraciones de Caytano en relación a que consumía dicha sustancia y la utilizaba para hacer aceite, jabones, es lo que lleva a la fiscalía modificar esa calificación por una tenencia simple de estupefacientes del art. 14 primera parte de la ley 23.737. Entonces, en función de los elementos de prueba que hay en la causa solicitan esta calificación."
"Considero en base a los elementos de juicio reunidos en la causa, a lo expresado por la fiscalía, que se encuentra absolutamente razonable y suficientemente fundado el dictamen fiscal de conformidad a los art. 69 del CPPN y art. 90 del CPPF."
"En este contexto teniendo en cuenta el art. 22 del CPPF, que establece que jueces y fiscales deberán procurar solucionar los conflictos de manera armónica entre las partes, logrando la paz social, entiendo que este arreglo es sumamente procedente."
"En función de todo ello, voy a homologar el acuerdo arribado por las partes y en consecuencia voy a declarar a la Sra. Tatiana Esther Caytano como autora penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes previsto por el art. 14 primera parte de la ley 23.737, imponiéndole la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, multa de $225 y las costas procesales."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución fue dictada en forma unipersonal por el Dr. Alejandro Cabral y homologada conforme lo consignado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: